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	<title>Comentarios en: Medidas antiterroristas y garantías de derechos fundamentales: las conclusiones del Abogado General Poiares Maduro en el asunto Kadi</title>
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	<description>un blog de derecho internacional en sus múltiples manifestaciones con alguna miscelánea</description>
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		<title>Por: La sentencia del TJCE en el caso Kadi &#171; aquiescencia</title>
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		<dc:creator><![CDATA[La sentencia del TJCE en el caso Kadi &#171; aquiescencia]]></dc:creator>
		<pubDate>Sun, 07 Sep 2008 20:48:07 +0000</pubDate>
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		<description><![CDATA[[...] 7, 2008   Una de las primeras entradas de este blog fue un comentario de las conclusiones del Abogado General Maduro en el caso Kadi. La sentencia en dicho caso, decidida por la Gran Sala del Tribunal de Justicia, se ha hecho [...]]]></description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>[...] 7, 2008   Una de las primeras entradas de este blog fue un comentario de las conclusiones del Abogado General Maduro en el caso Kadi. La sentencia en dicho caso, decidida por la Gran Sala del Tribunal de Justicia, se ha hecho [...]</p>
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		<title>Por: Andrés</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Andrés]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 29 May 2008 16:43:03 +0000</pubDate>
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		<description><![CDATA[Estimado Carlos, 

En primer lugar darle la enhorabuena por su blog. En un mundo como el del Derecho es dificil encontrar inciativas innovadoras como esta página. 

En segundo lugar, quería simplemente realizar dos comentarios a su analisis sobre la opnioón del AG Maduro. 
1. Coincido con Maduro en la no necesidad del artículo 308 para adoptar sanciones contra individuales. El 301 y el 60 TCE deberían ser base jurídica suficiente. No obstante, si bien tengo mis dudas sobre la posibilidad de aplicar estas disposiciones a particulares no vinculados a ningún aparato estatal, la práctica parece moverse en ese sentido (v. el caso de Charles Taylor y asociados), ahora el Tratado de Lisboa va a respaldar dicha práctica con una base jurídica. 

2. Lo que resulta extraño de esta opnión de Maduro es precismenete el modo en que se acerca a la relación entre las Naciones Unidas y la UE. Más bien convendría decir como la evita. Maduro no explica ni dota de contenido a las relaciones entre el derecho internacional y el derecho comunitario. Y esto creo que es el quid fundamental, es la controversia que ha hecho que este caso sea comentado por todo el mundo.  Si el TPI no hubiese analizado de esa forma tan poco satisfactoria las relaciones entre el derecho comunitario y el derecho internacional, ahora mismo este tema no tendría relevancia alguna para los internacionalistas. 

De nuevo, felictarle por su página. 

Andrés]]></description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Estimado Carlos, </p>
<p>En primer lugar darle la enhorabuena por su blog. En un mundo como el del Derecho es dificil encontrar inciativas innovadoras como esta página. </p>
<p>En segundo lugar, quería simplemente realizar dos comentarios a su analisis sobre la opnioón del AG Maduro.<br />
1. Coincido con Maduro en la no necesidad del artículo 308 para adoptar sanciones contra individuales. El 301 y el 60 TCE deberían ser base jurídica suficiente. No obstante, si bien tengo mis dudas sobre la posibilidad de aplicar estas disposiciones a particulares no vinculados a ningún aparato estatal, la práctica parece moverse en ese sentido (v. el caso de Charles Taylor y asociados), ahora el Tratado de Lisboa va a respaldar dicha práctica con una base jurídica. </p>
<p>2. Lo que resulta extraño de esta opnión de Maduro es precismenete el modo en que se acerca a la relación entre las Naciones Unidas y la UE. Más bien convendría decir como la evita. Maduro no explica ni dota de contenido a las relaciones entre el derecho internacional y el derecho comunitario. Y esto creo que es el quid fundamental, es la controversia que ha hecho que este caso sea comentado por todo el mundo.  Si el TPI no hubiese analizado de esa forma tan poco satisfactoria las relaciones entre el derecho comunitario y el derecho internacional, ahora mismo este tema no tendría relevancia alguna para los internacionalistas. </p>
<p>De nuevo, felictarle por su página. </p>
<p>Andrés</p>
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