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Arbitraje internacional en España: discovery or not?

mayo 1, 2009

Hace unos días tuvimos un foro sobre arbitraje y litigación internacional en la Fundación para la Investigación sobre el Derecho y la Empresa (FIDE) dedicado a analizar el avance de la práctica anglosajona en materia de prueba en los sistemas civilistas. La ponencia estuvo a cargo de Juan Fernández-Armesto, árbitro independiente y catedrático de derecho mercantil. Fernandez-Armesto expuso magistralmente los distintos objetivos  que persiguen éstos sistemas, es decir, la búsqueda de la verdad material y la verdad procesal, y las diferencias entre ambos tipos de procesos. Su tesis, muy interesante y con una pizca de provocación, es que la práctica de los arbitrajes internacionales en España (pero también en otros países iberoaméricanos) tenderán a incorporar cada vez más elementos de la práctica anglosajona de la prueba. Esto se traduciría en una «práctica anglosajonizada», es decir,  un sistema en el que la solicitud del arbitraje sea relativamente breve, a diferencia de la práctica de incorporar gran cantidad de documentos en esta fase inicial; en la mayor utilización de testigos y opiniones expertas de acuerdo con la práctica anglosajona, incluyendo el esencial «cross examination» de estos testigos y expertos; y, especialmente, en la introducción de la práctica del «discovery», es decir, el derecho a solicitar documentos relevantes que la otra parte estará obligada a entregar salvo excepciones, pudiendo su falta de entrega justificar inferencias negativas por parte de los árbitros. El sistema del «discovery» tiene ventajas y desventajas (entre las últimas está la generación de  grandes costes de litigación) y por eso es importante la cuestión planteada por Fernández-Armesto: ¿debemos oponernos a la invasión anglosajona de la práctica de la prueba o facilitarla?