Violencia contra la Embajada argentina en Chile
noviembre 3, 2017
Ricardo Arredondo
La noche del 23 de octubre pasado tanto la residencia de la Embajada como el Consulado General argentinos en Santiago de Chile fueron objeto de una situación violenta, cuando un grupo de personas, cuyo número según las fuentes oscila entre unas 150 y 50, que protestaban por el caso de Santiago Maldonado, atacaron las sedes de las misiones diplomática y consular de nuestro país. Entre los daños materiales ocasionados se destruyeron objetos en la vía pública, el portón de entrada de la residencia y una serie de destrozos en las plantas bajas tanto de la residencia como del consulado. Asimismo, destruyeron uno de los vehículos que se encontraba estacionado allí.
La Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas (CVRD) establece que el Estado receptor, en este caso Chile, tiene una obligación especial de protección debiendo “adoptar todas las medidas adecuadas” para proteger a las misiones de toda intrusión o daño. La Convención de Viena sobre Relaciones Consulares contiene una disposición similar (Art. 33.3). La protección otorgada no es absoluta, en la medida que la CVRD requiere la adopción de “todas las medidas adecuadas”, lo que debe ser interpretado como la adopción de todas las medidas proporcionales al riesgo a la seguridad de la ocasión. Esta obligación puede verse reflejada en la adopción de leyes internas especiales o puede ser dejada a la actuación de la policía, dependiendo de las circunstancias del caso.
La protección se materializa en una cierta vigilancia de los locales de la misión por parte de las fuerzas de seguridad del Estado receptor. Cuando se presume que van a producirse manifestaciones hostiles en razón del estado de la opinión pública y a la existencia de cierta tensión, el Estado receptor debe reforzar la protección policial. Si no lo hace y la misión sufre daños, el Estado receptor incurre en responsabilidad internacional.
El Estado receptor no compromete su responsabilidad internacional al tolerar determinado tipo de manifestaciones. Pero si no adopta las medidas adecuadas de protección contra la intrusión o el daño a los locales de la misión, tiene que indemnizar al Estado acreditante por los daños sufridos, como lo hizo la República Argentina cuando una manifestación contra el genocidio armenio ocasionó daños en el edificio de la residencia del embajador de Turquía en Buenos Aires en 2002.
La manifestación fue disuelta y se arrestaron dos personas. La investigación está en manos de los Carabineros (policía chilena). El Canciller chileno, Heraldo Muñoz, condenó el hecho, calificándolo de inaceptable para su Gobierno, recordó que las representaciones diplomáticas son inviolables y ofreció las disculpas del caso, añadiendo que se tomarán medidas adicionales para garantizar la seguridad y que este tipo de hechos no se vuelva a repetir.
Sin embargo, dejó la puerta abierta para que Chile pueda eximirse de responsabilidad al señalar que se trató de “algo masivo”, lo que podría ser interpretado como que el Gobierno chileno adoptó las medidas del caso pero que fue sobrepasado por los acontecimientos. El Gobierno argentino, a través de su Cancillería, manifestó su profunda preocupación por lo acontecido.
Todavía es prematuro arribar a cualquier tipo de conclusión. Habrá que esperar a ver el informe de los Carabineros y la posición de Chile ante este acontecimiento, que ambos países han afirmado no afectará las buenas relaciones y la cooperación existente entre ellos.