España se adhiere a la Convención de Naciones Unidas sobre las inmunidades jurisdiccionales de los Estados y de sus bienes
octubre 14, 2011
Hace unos días, el 21 de septiembre de 2011, España se ha adherido a la Convención de Naciones Unidas sobre las inmunidades jurisdiccionales de los Estados y de sus bienes, de 2 de diciembre de 2004. La Convención aún no ha entrado en vigor. Según su artículo 30, la Convención «entrará en vigor en el trigésimo día a partir del depósito del trigésimo instrumento de ratificación, aceptación o aprobación o adhesión en poder del Secretario General de las Naciones Unidas». Hoy la Convención cuenta con 28 firmas y 13 partes contratantes, pero va a paso lento encaminada a convertirse en la norma convencional que regule las inmunidades jurisdiccionales de los Estados en España, que hasta ahora solo cuenta con el derecho consuetudinario internacional para resolver problemas generales relativos a la inmunidad de los Estados extranjeros. Por supuesto, la Convención deja de lado cuestiones relevantes para el derecho internacional actual, como el problema de la violación grave de derechos humanos o las cuestiones penales, pero aún así, cuando entre en vigor, constituirá un nuevo punto de partida convencional para guiar la tarea de los jueces españoles en esta importante materia del derecho internacional.