William Schabas: atrocidades inimaginables
mayo 25, 2012
Hay una breve entrevista de solo seis preguntas al profesor William Schabas en la revista Harpers en relación con su último libro Unimaginable Atrocities: Justice, Politics, and Rights at the War Crimes Tribunals. Destaco un par de ideas en las respuestas de Schabas sobre el principio de legalidad y el poder del fiscal de la CPI:
No es una violación de la regla contra la retroactividad penal (nullum crimen sine lege) definir realmente los crímenes después de que hubieran sido cometidos, siempre que estos hayas sido en sustancia reconocidos como crímenes según el derecho internacional en el tiempo de su comisión. La jurisprudencia de derechos humanos no insiste en la codificación técnica, siempre que cuando el acto haya sido perpetrado, fuere razonable para el acusado conocer que el acto estaba prohibido.
…
El miedo a que un tribunal internacional sea dominado por el Consejo de Seguridad es legitimo. Pero la solución no parece encontrarse en la entrega del poder para establecer las prioridades del tribunal a un individuo no sometido a rendición de cuentas.
mayo 29, 2012 at 9:41 am
Hace tiempo que me pregunto el por que des esos dimes y diretes que una buena parte de la doctrina se trae con el principio de irrectroactividad penal. Las frases de Schabas que usted cita son tan liricas como falsas. Que lo que el describe es «una violacion de la regla contra la retroactividad penal» es tan evidente que solo necesitaria de una consulta del Estatuto de Roma para su argumentacion (que requiere, entre otras cosas «esa codificacion tecnica» que pasa a segundo lugar en las palabras de Schabas).
Otra cosa es que por la gravedad de esos crimenes uno se sienta remedo de Hanna Arendt y sus «banalizaciones del mal» y se vea impulsado a ir mas alla de tecnicismos juridicos, muchas veces poco comprendidos, y abogar por «otro derecho penal es posible». Bien esta. Pero lo que resulta paradojico es envolver estos postulados en sofismos y argucias sobre la no violacion de tal o cual principio. Si es pato, se mueve como un pato y suena como un pato, entonces… no es un cisne (a no ser que utilicemos como criterio zoomorfico decisiones de tribunales como aquella de Scilingo, que generosamente me atrevo a calificar como de defectuosa tecnica juridica y olvidemos, lo que seria mucho mas grave, los cuentos infantiles sobre el patito feo)
Personalmente, y poco dispuesto a transigir con una cierta cultura de responsabilidad cero (peticion de principio, donde las haya, pero es que las opiniones, y «recontraopiniones», en este tema las carga el diablo) tengo la intuicion de que no todo vale en la persecucion de fines loables, y a riesgo de convertirme en «un hombre para todas las estaciones» (muy recomendable para cualquier jurista «in the making» el libreto de Bolt sobre la vida de Thomas More), creo que «otra doctrina del derecho internacional (tambien) es posible», menos lirica quizas, posiblemente mas modesta, pero arraigada profundamente en el ser del derecho
Un cordial saludo
Ignacio
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