Derecho internacional comparado
octubre 25, 2018
La expresión ‘derecho internacional comparado’ no ha tenido un significado conceptual autónomo hasta hace muy poco tiempo. Existe, por supuesto, el derecho comparado y el derecho internacional. Algunas revistas e instituciones se llaman incluso derecho internacional y comparado. Por otra parte, la mayoría de las revistas de derecho internacional agregan su país o región a sus títulos, como es el caso de la Revista Española de Derecho Internacional o el Spanish Yearbook of International Law. Aún así, el concepto mismo de ‘derecho internacional comparado’ parece extraño al derecho internacional, o al menos pareciera que debería serlo por definición en una rama del derecho que aspira a ser universal. Sin embargo, desde hace relativamente poco, hay autores que perspicazmente se han mostrado a favor del estudio de un derecho internacional comparado y hay incluso un grupo de académicos que han diseñado un ambicioso proyecto de investigación para una nueva rama del derecho internacional que lleve ese nombre. Ese proyecto tuvo su primera expresión en un artículo publicado en 2015 en el American Journal of International Law y luego en el libro de 2018 llamado Comparative International Law y editado por Anthea Roberts, Paul B. Stephan, Pierre-Hugues Verdier y Mila Versteeg. En esas páginas se delimita el concepto de derecho internacional comparado y se exploran diferentes aproximaciones al derecho internacional y, sobre todo, distintas formas de interpretar y aplicar normas que, en principio, son uniformes para todos por su carácter universal, como los tratados y la costumbre internacional.
Una de las líderes de ese proyecto, la profesora Anthea Roberts, ha publicado en 2017, además, un libro magnífico cuyo título es en sí mismo una provocación intelectual: ¿es internacional el derecho internacional? En su libro, Roberts pone patas arriba la presunción de universalidad del derecho internacional y la bella idea de un ‘colegio invisible’ de internacionalistas, acuñada en 1977 por Oscar Schachter. Ella muestra, en cambio, un ‘colegio divisible’ cuyos miembros pertenecen a distintos estados y regiones, formando comunidades separadas aunque a veces superpuestas, con entendimientos y aproximaciones propias, con diversas influencias y círculos de influencia. En este colegio dividido no se habla ‘esperanto’, sino que impera un multilingüismo presidido por el inglés como lengua franca.
El gran impacto de este libro, que ha ganado el Certificado de Mérito de la American Society of International Law en 2018 por su prominente contribución a la creatividad doctrinal, radica no sólo en su incisiva pregunta, que la autora responde con un ‘no, en particular’, sino también en el excelente diseño de la investigación y en su aportación conceptual. En cuanto al diseño, destaca especialmente la dimensión y profundidad de la investigación empírica. Roberts ha contado con la efectiva participación de académicos y abogados de los cinco países miembros permanentes de las Naciones Unidas, ya que esa es su unidad de análisis, y se ha ocupado fundamentalmente de los manuales de derecho internacional utilizados en cada unos de esos países. En relación con el aparato conceptual, Roberts analiza los resultados empíricos de su investigación guiada por los conceptos de ‘diferencia’, ‘dominio’ y ‘disrupción’, que otorgan al libro una especial riqueza analítica y abren la puerta a nuevas y significativas investigaciones (pienso, por supuesto, en Latinoamérica y España como nuevas unidades de análisis). Un libro de lectura obligada para los académicos y profesionales del derecho internacional.
Una última anotación. Un concepto que guarda relación, pero no es idéntico al ‘derecho internacional comparado’, es el concepto del ‘derecho de las relaciones exteriores’, que se refiere fundamentalmente al ‘derecho interno’ de los Estados que regula sus relaciones jurídicas con el resto del mundo. Este último concepto se desarrolló como una rama del derecho en Estados Unidos de América y se ha extendido últimamente en una medida importante en los países anglosajones. El profesor Paul Stephan dedica un capítulo del libro Comparative International Law para analizar esos conceptos y ponerlos en relación con la fragmentación del derecho internacional. El profesor Curtis Bradley ha editado una obra muy ambiciosa sobre el tema, el Oxford Handbook on Comparative Foreign Relations Law, que se publicará en 2019 y que contiene un capítulo mío sobre un ‘derecho español de las relaciones exteriores’ que se puede leer en Spanish Foreign Relations Law and the Process for Making Treaties and Other International Agreements.
Corrección: He cambiado el título y el texto para referirme al ‘derecho internacional comparado’, que considero más preciso que derecho comparado internacional.