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Intervención estadounidense mediante presión a magistrados colombianos que pueden tomar decisiones incómodas para la administración Trump

mayo 10, 2019

Por Nicolás Carrillo Santarelli

Según se ha revelado en noticias recientes, además de interceptaciones a jueces de altas Cortes colombianas y el retiro de la visa y presión a agentes de la CPI, la administración Trump ha retirado visado a magistrados de Colombia que pueden tomar decisiones sobre aspectos como la Jurisdicción Especial para la Paz, extradiciones solicitadas por los Estados Unidos o el uso del glifosato (que ya fue litigado en los Estados Unidos en causas particulares). Algunos consideran que esto no es problemático al constituir una prerrogativa estatal (discusiones aquí). Sin embargo, como se dijo en la opinión consultiva 18 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, las políticas migratorias son libres pero dentro de límites internacionales (y en Wimbledon se sugiere que soberanía es actuar libremente dentro de los marcos de la legalidad). Aquí parece haber una presión para que no se tomen decisiones judiciales en un sentido sino en otro, coartando la libertad mediante presiones (independientemente de su efectividad hay intención y posibles impactos) e intentos de influencia (incluso con invitaciones a almorzar hechas por el embajador estadounidense a magistrados colombianos, y posibles cuestionamientos suyos frente al sistema de independencia de poderes en Colombia) frente a decisiones soberanas, afectando potencialmente la independiencia y autonomía judicial. Por ello, considero que si hay intervención en los asuntos internos en este lamentable caso…

Recordemos que en el caso del Tribunal Constitucional contra Perú, la Corte Interamericana de Derechos Humanos sostuvo que:

«75. Esta Corte considera necesario que se garantice la independencia de cualquier juez en un Estado de Derecho y, en especial, la del juez constitucional en razón de la naturaleza de los asuntos sometidos a su conocimiento. Como lo señalara la Corte Europea, la independencia de cualquier juez supone que se cuente con un adecuado proceso de nombramiento51, con una duración establecida en el cargo52 y con una garantía contra presiones externas» (subrayado añadido).

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