Kosovo en las instituciones internacionales
julio 1, 2009
La República de Kosovo ha sido admitida como miembro del FMI y el Banco Mundial. Los problemas jurídicos de fondo derivados de la secesión de Kosovo que se han sometido a la jurisdicción consultiva de la Corte Internacional de Justicia no pierden toda su relevancia por este tipo de decisiones, pero es indudable que estos actos favorecen la política de reconocimiento de dicho país. En cualquier caso, no cabe duda de que estas instituciones internacionales hubieran actuado de forma mucho más elegante si hubiesen esperado a tomar esta decisión una vez hecha pública la opinión consultiva del órgano judicial principal de las Naciones Unidas sobre la declaración unilateral de independencia de Kosovo.
julio 2, 2009 at 1:29 pm
Coincido plenamente con la opinión del Dr. Espósito. Creo que los países que reconocieron, ilegalmente a mi juicio, a Kosovo están aplicando una política de hechos consumados, forzando al resto de la comunidad internacional a seguir sus dictados.
A ello habría que sumar el comportamiento «poco elegante» de los organismos internacionales mencionados. En ese sentido, cabría preguntarse si la Corte estaría en condiciones de emitir una orden provisional por la que sugiriera a los organismos dependientes del sistema de Naciones Unidas que se abstengan de efectuar cualquier tipo de acto relacionado a la delcaración de independencia de Kosovo hasta tanto la Corte emita su opinión.
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julio 2, 2009 at 8:25 pm
Bueno hay que recordar que el derecho internacional no se pronuncia sobre la secesión, ni la apoya ni la reprueba. Con esto quiero decir que por mucho que la independencia de Kosovo no se haya hecho con muchos escrúpulos, el ser un Estado es una cuestión fáctica.
Así que a partir de ahí depende de los países y de su influencia, pero eso ya depende del criterio de cada uno.
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julio 3, 2009 at 2:44 pm
Gracias por su comentario. En realidad, creo que la idea de que el derecho internacional no se pronuncia sobre la secesión es un punto controvertido. Por ejemplo, en el libro editado por Marcelo Kohen, Secession (2006), encontramos autores que defienden esa tesis y la contraria, con argumentos plausibles. Para mí esto, quizá de manera indirecta, queda bien reflejado en la discusión sobre democracia, respeto a la constitución y deber de negociación en la sentencia del Tribunal Supremo canadiense sobre la secesión de Quebec de 1998. Pero, en todo caso, es importante subrayar que Kosovo era un territorio bajo administración internacional y que, con independencia de lo que cada uno piense sobre su condición legal y su situación fáctica, esto convierte el tema en un problema que afecta de muchas formas al derecho internacional, incluida la secesión.
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julio 15, 2009 at 2:24 pm
Yo considero un peligro que la Comunidad Internacional tolere una independencia con tan poca observancia de las normas de Derecho Internacional. Esto lleva a que más o menos, aunque no sea exactamente lo mismo, nos quedemos un poco sin muchos argumentos ante la política de Rusia con Osetia del Sur. Si no me equivoco -y me gustaría que me corrigieran si lo que digo no es cierto- ¿no es lo normal que primero se haga un referendum y luego, en consecuencia, se proceda a la independencia?. Con esto no niego que los serbios no hayan pisoteado en muchas ocasiones los derechos de los kosovares (quien haya pasado por Pristina se dará cuenta de que el Estado serbio o yugoslavo no ha invertido allí ni un dinar…sin embargo a lo mejor esta vía, más legal, parecida a la de Quebec es posible que no interese a Francia por ejemplo por el caso corso, o a España o a otros países con esos peligros potenciales. Ahora tenemos también a los serbios de Mitrovica o incluso a los gitanos ¿tendrían derecho a la autdeterminación también? ¿por qué no? De momento sigue bajo administración internacional (no sabía que ese fuera su estatus hasta leerlo aquí mismo. Si está bajo administración internacional sigue al menos en la práctica, formando parte de Serbia?
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septiembre 23, 2009 at 1:28 pm
No olvidemos, en cualquier caso, el relativo peso que la condición de miembro de una institución u organización internacional tiene sobre su reconocimiento como Estado.
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