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Muy recomendable la lectura de las conclusiones que la abogada general Juliane Kokott ha publicado ayer en el caso C-366/10The Air Transport Association of America y otros, a raíz de una petición de decisión prejudicial planteada por la High Court of Justice of England and Wales, Queen’s Bench Division, Administrative Court, del Reino Unido. Juliane Kokott ha escrito una opinión donde se sostiene la compatibilidad del régimen de derechos de emisión de la UE con el derecho internacional, tanto convencional como consuetudinario, y lo ha hecho mediante un razonamiento tan claro que me animo incluso a sugerirlo como lectura y discusión para los alumnos de la introducción al derecho internacional que estén estudiando las bases jurídicas de las competencias de los Estados y, en este caso, de la UE.

Copio otro call for papers, esta vez sober la UE en los asuntos internacionales. Buena suerte para los que presenten propuestas.

CALL FOR PAPERS: Deadline 30 September 2011

‘The European Union in International Affairs III’

Brussels, 3-5 May 2012

The Institute for European Studies at the Vrije Universiteit Brussel (IES-VUB), the Institut d’Études Européennes at the Université Libre de Bruxelles (IEE-ULB), the United Nations University Comparative Regional Integration Studies (UNU-CRIS) and Egmont – the Royal Institute for International Relations invite papers for the third edition of the ‘European Union in International Affairs’ (EUIA) Conference (formerly organised in the context of GARNET).

The multidisciplinary EUIA Conference will provide a forum for discussion and exchange of ideas among the growing number of scholars that take an interest in understanding the role of the EU in the world in diverse policy fields (including environment, energy, information society, freedom and security, finance, security and defence etc). This includes the debate concerning the EU as an international actor and the dynamic interplay between the EU, its member states, other regions and external partners in a multipolar/multilateral world. It may include topical issues such as the European response to the upheavals in the broader Middle East, European foreign policy post-Lisbon, the external effects of the Eurozone crisis, the EU’s role in global governance and the international implications of the return of nationalism as a political force on the European continent. Similarly, attention to the external implications of internal EU developments such as the push towards a (Digital) Single Market and creation of the space of freedom and security are welcomed.

The EUIA Conference will be open to all relevant disciplines and sub-disciplines, including international and European law, international political economy, economics, political science, international relations and history. It will also continue to foster exchange between the scientific and the policy communities, especially through keynote addresses by senior policy makers and a number of policy-link events featuring academics as well as policy makers.

Deadline for paper proposals: 30 September 2011

Notification of acceptance: 13 January 2012

Submission of full papers to chairs and discussants: 16 April 2012

Please submit your paper abstract (300 words) according to the instructions on the conference website at http://www.ies.be/conference2012, accessible from 1 September. Proposals for entire panels of a maximum of four speakers are welcome but papers are subject to the standard review process and the organisers may amend panels accordingly. In addition to the standard procedure for individual paper submissions, a list of paper authors and titles in each panel should be submitted by email to conference@ies.be.

Limited travel grants (‘Solidarity Grants’) will be available to cover part of the cost of participation of junior researchers from disadvantaged countries. Details will be available on the conference website, which will also contain further relevant information, including registration fee, etc.

The EUIA Conference Organisers: IES-VUB, Egmont, UNU-CRIS, IEE-ULB.

El próximo 30 de junio vence el plazo para inscribirse en el I Congreso internacional de Derecho de la UE, organizado por la UAM, en el que se presentarán las Últimas tendencias en la jurisprudencia del TJUE (2008-2011). El CIDUE es una ocasión perfecta para analizar la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. El programa es magnífico y está perfectamente enmarcado. En efecto, en la inauguración podremos escuchar una conferencia de D. Pascual Sala Sánchez, Presidente del Tribunal Constitucional, con una palabras previas de D. Gil Carlos Rodríguez Iglesias, antiguo Presidente del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. La conferencia de clausura sobre “El diálogo entre jurisdicciones” estará a cargo de D. Pedro Cruz Villalón, Abogado General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, y D. Joaquín Huelin Martínez de Velasco, Magistrado del Tribunal  Supremo, presentados por el Profesor de la Universidad de Salamanca, D. José Martín y Pérez de Nanclares. Se pueden inscribir aquí.

Hasta el próximo día 10 de abril está abierto el plazo para presentar propuestas de comunicación para el I Congreso internacional UAM de Derecho de la UE. Últimas tendencias en la jurisprudencia del TJUE (2008-2011). El Congreso, estructurado en dos conferencias y ocho paneles especializados, pretende constituir un foro de debate y análisis crítico de los pronunciamientos más recientes del Tribunal de Luxemburgo. Las bases de la convocatoria se pueden consultar en: www.uam.es/cidue.

I UAM INTERNATIONAL CONFERENCE ON EU LAW

RECENT TRENDS IN THE CASE LAW OF THE COURT OF JUSTICE OF THE EU (2008-2011)

Faculty of Law, 14 and 15 July 2011

CALL FOR PAPERS

Proposal submission deadline: April 10, 2011

The 1st UAM International Conference on EU Law. Recent trends in the case law of the Court of Justice of the EU (2008-2011) will take place in Madrid, Spain, on 14-15 July 2011. The programme will include two plenary lectures and eight specialized panels. Informants for the panels will be selected on the basis of proposals and abstracts submitted in response to this Call for Papers.

The working languages of the Conference are Spanish and English.

Further information concerning the Conference and the Call for Papers is available on the Conference website at: www.uam.es/cidue.

I CONGRESO INTERNACIONAL UAM DE DERECHO DE LA UNIÓN EUROPEA

ÚLTIMAS TENDENCIAS EN LA JURISPRUDENCIA DEL TJUE (2008-2011)

Facultad de Derecho, 14 y 15 de julio de 2011

CALL FOR PAPERS

Plazo de presentación de propuestas: 10 de abril de 2011

El I Congreso Internacional UAM de Derecho de la UE. Últimas tendencias en la jurisprudencia del TJUE (2008-2011) se celebrará en la Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma de Madrid los días 14 y 15 de julio de 2011. El programa del Congreso incluye dos conferencias plenarias y ocho paneles especializados. En cada panel se presentarán y discutirán comunicaciones seleccionadas entre las que respondan a este call for papers.

Más información sobre el Congreso y el call for papers puede encontrarse en: www.uam.es/cidue.

Y para completar la información sobre la Resolución 1970 (2011) del Consejo de Seguridad, aquí está el texto completo del REGLAMENTO (UE) No 204/2001 DEL CONSEJO de 2 de marzo de 2011 relativo a las medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Libia.

 

El profesor Piet Eeckhout presentó ayer en la Universidad Autónoma de Madrid unas ideas muy interesantes sobre la UE como una organización dederechos humanos en un seminario impartido en el marco del Máster de Derecho de la Unión Europea y organizado estupendamente por la profesora Irene Blázquez Navarro. Piet Eeckhout armó su discurso sobre dos temas centrales: (1 ) la autonomía del Derecho de la UE, el principio de jerarquía normativa y la relación/diálogo entre tribunales; y (2) la cuestión federal. Piet sostuvo que la UE es ya una organización de derechos humanos y que ahora tocaba indagar qué clase de organización de derechos humanos será y qué tipo de contribución hará a los derechos humanos. En la UE se consideran seriamente los derechos humanos desde hace tiempo, pero a partir de ahora ciertamente se puede hablar, en la gráfica expresión de Piet, de derechos humanos en 3D, ya que una vez que se concrete la adhesion a la Convención Europea de Derechos Humanos deberán convivir en la UE los derechos humanos provenientes de la Carta de Derecho de Derechos Fundamentales de la UE, la Convención Europea de Derechos Humanos y los principios fundamentales de la UE. Piet avanzó su visión sobre las relaciones entre estas fuentes normativas, en buena medida abiertas a la interpretación. Sin pretensión de exhaustividad, aquí van algunas ideas sueltas de la conferencia y la discusión:

-La UE es una organización de derechos humanos, pero no solo de derechos humanos. Para Piet esto lo hace todo más interesante, porque habrá que determinar el valor y la aplicación de esos derechos frente a otros tipos de normas vigentes en la UE.

-A partir de ahora habrá más litigación de derechos humanos en el Tribunal de Justicia de la UE. Esta era una preocupación discutida a raíz de una pregunta de la Dra. Jessica Almqvist, ante la que Piet puso como ejemplo la expectativa de una mayor litigiosidad sobre derecho de la competencia y derechos humanos en relación con el papel de la Comisión como juez y parte en los procedimientos de investigación. Jessica también se mostró preocupada por el hecho de que esa litigiosidad interna debido al papel de los derechos fundamentales hacia el interior de la UE contrasta con la pobre relevancia de los derechos humanos en la política exterior de la UE.

-Será necesario volver sobre la idea de autonomía del derecho de la UE, y sobre el papel de los legisladores y de los jueces en la definición de esa autonomía. Una aproximación de pluralismo jurídico puede ser útil. El “constitucionalismo” multinivel en la protección de los derechos humanos va a precisar reglas específicas y claras sobre la deferencia y autocontención que los tribunales de derechos humanos de la UE van a observar, máximo si se considera que, como señaló la profesora Carmen Martínez Capdevila, la doctrina Bosphorus con la adhesión de la UE al CEDH deja de ser aplicable.  Al hilo de esta tema, un alumno del Máster en Derecho de la UE de la UAM suscitó una pregunta sobre si el Tribunal de Justicia de la UE debería poder pronunciarse antes que el TEDH cuando estuviera en causa la revisión de actos de la UE.

-La tendencia a la federalización de los derechos humanos en la UE se agudizará, porque será dificil para el Tribunal en el futuro seguir manteniendo la doctrina de las situaciones puramente internas de los Estados miembros en relación con la aplicación de los derechos humanos (cf. las conclusiones la Abogada General Sra. Eleanor Sharpston en el asunto C-34/09, Gerardo Ruiz Zambrano contra Office nacional de l’emploi).

THE EU AS A GLOBAL PLAYER es un congreso internacional que ha programado el Instituto Universitario de Estudios Europeos para los días 7 y 8 de abril de 2011 en Madrid. El call for papers puede consultarse aquí y los temas son:

  • The Institutional System of the European External Relations.
  • The European External Action Service
  • Priorities of the European Foreign Policy
  • The European Security and Defence Policy
  • Europe facing global economic crisis
  • The Role of the EU in the International Economic Institutions

El último editorial del Newsletter de la ESIL ha sido escrito por el Profesor Francesco Francioni. El editorial muestra su apoyo a la creación de un Instituto de derecho de la Unión Europea. Transcribo partes de la versión en castellano, que pueden leer completa aquí; pueden leerlo también en francés y en inglés.

‘ La Sociedad europea de Derecho Internacional y la creación de un Instituto de Derecho Europeo?’

Francesco Francioni,

Instituto Universitario Europeo, Florencia

Seis años han pasado desde la creación en Florencia de la Sociedad Europea de Derecho Internacional,  en primavera de 2004. A lo largo de este periodo, La Sociedad ha acogido un número cada vez más importante de miembros, ha ampliado su área de actividad organizando fórums universitarios entre sus sesiones ordinarias, así como favoreciendo la formación de dinámicos grupos de interés. Desde entonces se han establecidos cooperaciones con sociedades no europeas como la Sociedad Americana de Derecho Internacional, y otras están actualmente en desarrollo, como ocurre con la Sociedad Latinoamericana de Derecho Internacional.

En este contexto, pueden distinguirse dos desarrollos principales. El primero de estos es el relativo a la importancia creciente del papel de la Unión Europea como actor en numerosas áreas de importancia crucial para el porvenir del Derecho Internacional,  como pueden ser el comercio, el medio ambiente, la seguridad y los derechos humanos.

El segundo desarrollo se refiere a la iniciativa académica para la creación de un Instituto de Derecho Europeo. A pesar de la abundancia en Europa de sociedades o asociaciones sectoriales y especializadas – que tratan, inter alia, del Derecho privado, de redes de jueces, de Derecho Constitucional, o de Derecho de la Unión Europea – nadie ignora que no existe en Europa  institución alguna similar al Instituto de Derecho Americano (American Law Institute), cuya función en la clarificación, el desarrollo y la codificación del Derecho – incluyendo la del Derecho Internacional- es tan conocida que no requiere aquí mención previa. El sentimiento de que ha llegado el momento de colmar dicha carencia es lo que ha llevado a un grupo de compañeros de trabajo del Instituto Universitario Europeo – al que pertenece el presente autor – a organizar una conferencia en Florencia en primavera de 2010 para discutir, con la participación de actores clave en la materia y de participantes de la Comisión y del Parlamento de la Unión Europea, sobre la perspectiva de crear un Instituto de Derecho Europeo (IDE) o European Law Institute (ELI).

Las reacciones a esta iniciativa fueron ampliamente positivas, conllevando del mismo modo iniciativas paralelas que persiguen el mismo objetivo. La iniciativa ha suscitado igualmente el interés de la Comisión de la Unión Europea, que acoge favorablemente la perspectiva de poder dirigirse a una institución única y representativa de los medios universitarios y judiciales así como de asociaciones de abogados, en lugar de tener de dirigirse a una miríada de asociaciones sectoriales y rivales.

Sin embargo, si bien hay consenso sobre la deseabilidad de un Instituto de Derecho Europeo, ¿cuál deben ser el campo de actuación, y cómo deben ser la dirección y financiación de éste? Sin ninguna duda, un aspecto importante del futuro Instituto debiera ser el desarrollo de principios comunes,  no sólo en materias relativas a la competencia de la Unión Europea, sino también en materia de derecho privado, de derecho penal, de interpretación y de puesta en práctica del Derecho Internacional.

El dialogo judicial y la cooperación entre la Cortes nacionales se encuentra todavía en un estado embrionario. El Instituto de Derecho Europeo podría facilitar el desarrollo de principios comunes, en particular en aquellas áreas donde los sistemas jurídicos demuestran la existencia de diferencias persistentes en su modo de poner en práctica  el Derecho Internacional.

Otra tarea del Instituto podría ser la coordinación de la investigación relativa al análisis de lagunas reglamentarias, así como de los modos de legislación, una función que se encuentra hoy por hoy en manos de aquellas iniciativas investigadoras que tienen la suerte de poder contar con los beneficios de los buenos auspicios de los Programas Marco de la Comisión de la Unión Europea.

En lo que concierne a su dirección, el Instituto de Derecho Europeo debería ser una organización independiente y sin fines lucrativos, dirigida por representantes elegidos entre sus miembros individuales e institucionales, incluyendo a académicos, abogados, jueces y administradores. Debería estar financiada por los gastos de adhesión de sus miembros, por fondos de investigación, y eventualmente por los ingresos derivados de la prestación de servicios como estudios temáticos, libros blancos y libros verdes. El Instituto debería seguir el modelo de ‘red de redes’ con el fin de promover la coordinación,  de mejorar  la cooperación interprofesional e interuniversitaria, y de acrecentar la cohesión de la comunidad jurídica en Europa así como  su propia influencia sobre potenciales iniciativas de política judicial.

Traducción del francés de Alejandra Torres Camprubí.