Home

Ayer el Consejo de Seguridad adoptó la Resolución 1828 ( 2008 ), mediante la cual decide «prorrogar el mandato de la Operación Híbrida de la Unión Africana y las Naciones Unidas en Darfur (UNAMID) enunciado en la resolución 1769 (2007) por un nuevo período de 12 meses, hasta el 31 de julio de 2009».

En relación con la cuestión que planteaba en mi anterior entrada sobre la propuesta de procesamiento del Presidente de Sudán, el Consejo de Seguridad no tomó ninguna decisión, pero en los considerandos de la Resolución incluyó un párrafo que dice así: 

Tomando nota  del comunicado de la Unión Africana relativo a la 142ª reunión del Consejo de Paz y Seguridad, de fecha 21 de julio (S/2008/481, anexo),  teniendo presentes  las inquietudes planteadas por los miembros del Consejo respecto de lo que podría acontecer después de la solicitud presentada el 14 de julio de 2008 por el Fiscal de la Corte Penal Internacional, y tomando nota de su intención de seguir examinando esos asuntos.

Este es un párrafo que pretende contentar a los Estados que han mostrado su desacuerdo con la decisión del Fiscal, como es el caso, entre otros, de Suráfrica y Rusia, que sin embargo no han podido forzar la suspensión de la orden del Fiscal por 12 meses de acuerdo con el artículo 16 del Estatuto de la Corte Penal Internacional. Estados Unidos de América, que apoya la misión en Darfur, se abstuvo en la votación porque considera que este lenguage envía un mensaje equivocado al Presidente de Sudán al mencionar la opinión de la Unión Africana sobre la suspensión de su procesamiento ante la Corte.

Turno de letras es un título con entradas que llaman la atención sobre convocatorias de propuestas de ponencias para conferencias, jornadas o congresos.

Esta vez se trata de una conferencia organizada en la Universidad de Durham con motivo del 20 aniversario del International Boundaries Research Unit (IBRU). La conferencia tendrá lugar entre el 1 y el 3 de abril de 2009 y las propuestas de ponencias se pueden enviar hasta el 17 de octubre de 2008. La lista de temas sugeridos es amplia y atractiva. La información está aquí.

El Fiscal de la Corte Penal Internacional, Sr. Luis Moreno Ocampo, ha solicitado el procesamiento del Presidente de Sudán, Sr. Omar Hassan Al Bashir, por genocidio, crímenes contra la humanidad y crímenes de guerra cometidos en Darfur. Es una medida radical, con consecuencias jurídicas y, sobre todo, políticas muy graves. En efecto, si la CPI apoyase la propuesta de Moreno Ocampo, algo que podría llevar algún tiempo, significaría nada menos que una constatación de que con el Presidente Al Bashir no hay solución posible en el proceso de paz de Darfur. Bueno, en realidad, la decisión valiente del Fiscal ya lo ha cambiado todo y ha supuesto un revulsivo ante una situación que difícilmente pueda ser peor en un Darfur que cuenta sus víctimas mortales por cientos de miles. Por eso estoy de acuerdo con la decisión del Fiscal, pues supone una posibilidad de crear nuevos incentivos para proteger a la población civil de Darfur frente a los crímenes atroces que se siguen cometiendo en la zona, aun cuando fuese cierto que la medida no sea claramente útil para avanzar en un proceso político de paz, algo que tampoco es tan evidente.

Tanto la Liga Árabe como la Unión Africana han mostrado su rechazo a la decisión del Fiscal, apoyando al Presidente Al Bashir y, a la vez, enviando una suerte de mensaje al Consejo de Seguridad para que, de acuerdo con el poder que le otorga el artículo 16 del Estatuto de la CPI, suspenda la medida de procesamiento contra el Presidente de Sudán. Cabe recordar que fue el propio Consejo de Seguridad el que remitió la cuestión al Fiscal de la CPI en 2005, mediante una decisión adoptada a través de la resolución 1593 (2005), sin votos en contra, con 11 votos a favor y cuatro abstenciones (Argelia, Brasil, China y Estados Unidos de América). Si bien Rusia y China, estados que no son parte en el Estatuto de la CPI, parecen mostrar cierta simpatía a la posición de la Liga Árabe y la Unión Africana, lo cierto es que ahora no va a ser tan fácil revertir la situación con una suspensión, porque dicha decisión debe adoptarse mediante una resolución basada en el Capítulo VII de la Carta, con al menos 9 votos a favor y ninguno en contra de un miembro permanente, y va a ser muy complicado para Francia, Estados Unidos de América o el Reino Unido tomar la decisión de abstenerse en este caso cuando han proclamado tantas veces su indignación por la situación en Darfur.

Simon Lester destaca en una entrada del IELP Blog un auto de un Juez de Distrito de Estado Unidos de Américas que desestima una defensa frente a diversos delitos relacionados con el juego basada en la decisión del OSD de la OMC en el caso Estados Unidos-Juegos de azar. En el auto se dice, entre otras cosas, que «las decisiones de la OMC no son obligatorias para Estados Unidos, y mucho menos para este tribunal». Es interesante comparar las similitudes entre este pronunciamiento y los del Tribunal de Primera Instancia de las Comunidades Europeas en los casos FIAMM (T-69/00) y FEDON (T-135/01) contra Consejo y Comisión, que han sido apelados ante el TJCE y están aún pendientes de decisión, aunque las conclusiones del Abogado General Poiares Maduro ya están publicadas desde febrero de este año.

Hace unas horas se ha hecho publica la decisión de la Corte Internacional de Justicia en el caso de la solicitud de interpretación de la sentencia de 31 de marzo de 2004 en el caso concerniente a Avena y otros nacionales mexicanos (México v Estados Unidos de América), petición que comenté aquí el día en que se presentó la solicitud ante la Corte.

En la parte dispositiva del pronunciamiento, la Corte, por siete votos a cinco, rechazó la reclamación de Estados Unidos de América que pretendía la desestimación de la solicitud de los Estados Unidos de México; y, por la misma mayoría de siete votos contra cinco, decide que Estados Unidos de América debe tomar todas las medidas necesarias para que los cinco condenados a muerte que fueron nombrados en la sentencia de 2004 no sean ejecutados mientras esté pendiente la sentencia de la Corte sobre interpretación, solicitada por México, salvo y hasta que estos ciudadanos mexicanos obtengan una revisión y reconsideración de sus condenas en coherencia con los párrafos 138 a 141 de la sentencia de 2004 en el caso Avena y otros.

La Corte también decidió que Estados Unidos de América debía informar a la Corte  sobre la aplicación de su decisión y que debe mantenerse ocupada de las materias que son objeto de la ordenanza de medidas provisionales hasta que dicte su sentencia.

 Esta decisión de la Corte es importante porque la Corte esclarece el significado del artículo 60 del Estatuto y se pronuncia a favor de la autonomía en el sentido de que la base de jurisdicción o competencia para interpretar una sentencia no depende de la competencia en el caso que origina la solicitud de interpretación, sino sólo de la existencia de una controversia sobre el significado o alcance de una sentencia de la Corte.

Es interesante destacar que la Corte reconoce en su decisión que el Gobierno federal de Estados Unidos de América ha realizado importantes esfuerzos para cumplir con la sentencia de la Corte y que dicho Estado ha reconocido que la eventual ejecución de cualquiera de los nacionales mexicanos mencionados en la sentencia sin la debida revisión y reconsideración requerida por la sentencia Avena constituiría una violación de las obligaciones de Estados Unidos de América según el derecho internacional (párrafos 75-77 de la ordenanza).

La decisión puede consultarse aquí.

Es una convocatoria para escribir sobre el papel de los tribunales internacionales y nacionales en la unidad o fragmentación del derecho internacional para una Conferencia que se celebrará en Olso entre los días 14 y 15 de mayo de 2009. El concepto de las contribuciones está bien explicado en esta página y las propuestas pueden enviarse hasta el 1 de octubre de 2008 a esta dirección de correo.

Nuevo número de la REEI

julio 15, 2008

La Revista electrónica de Estudios Internacionales acaba de colgar su nuevo número en la red. Este número, como de costumbre, está repleto de trabajos magníficos. Felicidades para su director, el profesor Luis Pérez-Prat Durbán, Catedrático de la Universidad Pablo de Olavide en Sevilla, y para todo el equipo de redacción.

Opinio Juris se renueva

julio 15, 2008

El blog Opinio Juris se ha renovado y su nueva página es excelente. Vale la pena echarle un vistazo.

El Minerva Center for Human Rights de la Universidad Hebrea de Jerusalem organizará una conferencia sobre «Human Rights and Justice in Immigration», para la que convoca propuestas de presentaciones hasta el 1 de septiembre de 2008. Los autores seleccionados tendrán los gastos de viaje y estadía pagados para la conferencia de mayo de 2009. La convocatoria y la información sobre la conferencia se puede consultar aquí.

Turno de letras

julio 2, 2008

Con este título voy a publicar algunas peticiones de propuestas de ponencias (conocidas comúnmente con la expresión inglesa ‘call for papers’) sobre todo tipo de temas relacionados con el derecho internacional.

 

Empiezo con la Conferencia annual de 2008 del British Institute of International and Comparative Law, que tendrá lugar el próximo 17 de octubre y estará dedicado al tema “Climate Change and its Challenges for the International Legal System”. Se pueden formular propuestas hasta el día 14 de julio de 2008 y toda la información sobre la convocatoria se encuentra disponible aquí.