Esta puede ser una buena oportunidad para los internacionalistas con interés en los estudios de L&E.
Call for Papers
SPANISH ASSOCIATION OF LAW AND ECONOMICS
2010 Annual Conference AT THE UNIVERSITY AUTONOMA OF MADRID
The First Annual Conference of the Spanish Association of Law and Economics (Asociación Española de Derecho y Economía) will be held on July 1-2, at the Universidad Autónoma de Madrid, Spain.
The Conference is inviting those interested in submitting a paper (in English or Spanish) to send electronically a short abstract (200 words) plus either a copy of the final paper (if already available) or an outline of a minimum of 2 pages to aede10@uam.es by 20 March 2010.
On the date indicated below, the Conference will announce the papers selected among the original works received on all topics related to Law and Economics. Subjects of special interest for the Conference, with particular emphasis on Spanish or European systems and institutions, are the following: Antitrust and Regulation – Bankruptcy Law – Behavioral Law and Economics – Contracts and Commercial Law – Securities and Financial Regulation- Comparative Law and Economics – Corporate Law and Corporate Governance – Tort Law and Compensation Systems- Criminal Law -Environmental Law – Experimental Law and Economics – Family Law, Gender, and Discrimination – Health Law –Property Law, including Intellectual Property and Innovation -International Law and Trade- Labor, Employment and Immigration – Litigation, Dispute Resolution and the Legal Process – Political economy of the Law – Public and Administrative Law -Taxation and Social Welfare.
For further information, please contact http://www.laweco.es/.
A selection of the papers presented at the Conference will be published in InDret (www.indret.com) following a regular submission and evaluation process.
Important dates:
1. Proposal’s submission deadline: March 20, 2010.
2. Communication of Acceptance: May 1, 2010
3. Early registration by: June 1, 2010
4. Final papers due by: June 15, 2010
AEDE Board Members:
Francisco Cabrillo (Universidad Complutense, President), Fernando Gómez Pomar (Universidad Pompeu Fabra, Vice-President), Rocío Albert (Universidad Complutense), and Pedro Moreira (SCA-Legal).
Organizing Committee:
Javier Díez Hochleitner (Dean of the School of Law, Universidad Autónoma de Madrid), Lis Paula San Miguel (Universidad Autónoma de Madrid), and Maribel Sáez Lacave (Universidad Autónoma de Madrid)
ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE DERECHO Y ECONOMÍA
Conferencia Anual 2010
El primer congreso anual de la Asociación Española de Derecho y Economía se celebrará los días 1 y 2 de julio de 2010 en la Universidad Autónoma de Madrid, España.
La organización del Congreso invita a aquellos que deseen solicitar la presentación de un trabajo (en ingles o en español) a enviar de forma electrónica un abstract (200 palabras), junto con una copia del trabajo definitivo o, en su caso, una síntesis del mismo de al menos 2 páginas a la dirección de correo aede10@uam.es antes del 20 de marzo de 2010.
En la fecha que se indica más abajo, la organización del congreso anunciará los trabajos seleccionados, sobre cualquier tema relacionado con el Análisis Económico del Derecho. Las materias que son de especial interés para el congreso -con especial énfasis en los sistemas e instituciones europeas y españolas- son las siguientes:
Derecho de la competencia y de la regulación – Derecho concursal- Behavioral Law and Economics – Derecho de contratos y de los negocios– Mercados y regulación financiera- Análisis económico del Derecho comparado – Derecho de sociedades y gobierno corporativo- Accidentes, responsabilidad y sistemas de compensación- Derecho penal- Derecho del medio ambiente- Experimental Law and Economics – Derecho de familia, género y discriminación- Derecho sanitario– Propiedad y derechos reales, incluyendo propiedad intelectual e industrial- Derecho internacional y comercio internacional- Derecho del trabajo e inmigración – Derecho procesal, litigación, resolución de controversias – Economía política del Derecho- Derecho administrativo y constitucional- Derecho tributario y bienestar social.
Para ulterior información, por favor contacte http://www.lawecones/.
Una selección de los trabajos presentados en el congreso serán publicados en la revista electrónica InDret (www.indret.com). La publicación solo se llevará a cabo con el consentimiento del autor.
Fechas importantes:
1. Plazo final de presentación de solicitudes: 20 de marzo de 2010.
2. Comunicación de aceptaciones: 1 de mayo de 2010.
3. Apertura de la inscripción de participación: 1 de junio de 2010
4. Entrega de los trabajos definitivos aceptados: 15 de junio de 2010.
Miembros del consejo de AEDE:
Francisco Cabrillo (Universidad Complutense, Presidente), Fernando Gomez Pomar (Universidad Pompeu Fabra, Vice-Presidente), Rocío Albert (Universidad Complutense) y Pedro Moreira (SCA-Legal).
Comité organizador:
Javier Díez Hochleitner (Decano de la facultad de derecho, Universidad Autónoma de Madrid), Lis Paula San Miguel (Universidad Autónoma de Madrid) y Maribel Sáez Lacave (Universidad Autónoma de Madrid).
Comercio y cambio climático
noviembre 10, 2009
Por Ricardo Arredondo
Se encuentra disponible en la página Web del Centro de Economía Internacional el Estudio Especial Número 13 «Comercio y cambio climático: el camino hacia Copenhague». Dicho estudio ha sido elaborado por investigadores del CEI y por funcionarios diplomáticos del área de negociaciones económicas internacionales del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto de la República Argentina.
El informe se realizó teniendo en cuenta la próxima reunión de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático, que tendrá lugar el próximo mes de diciembre en Copenhague, para definir el curso de acción post Protocolo de Kioto.
El trabajo analiza la relación entre comercio y cambio climático desde la óptica de los países en desarrollo. Para ello revisa las medidas comerciales relacionadas con las acciones de mitigación y adaptación al cambio climático, sus efectos y los argumentos que se utilizan para justificar su aplicación. También se presentan los posibles vínculos entre esas medidas y el régimen normativo de la OMC; los márgenes de acción de los países en desarrollo para enfrentar los efectos de esas medidas y, por último, se resume el estado actual de los debates a nivel multilateral.
John H. Jackson: Soberanía, la OMC y los fundamentos cambiantes del derecho internacional
septiembre 21, 2009
Desde hace algunas semanas está en las librerías el nuevo libro de la colección «derecho, economía y globalización», que codirige un servidor. Se trata de la traducción del libro Soberanía, la OMC y los fundamentos cambiantes del derecho internacional del profesor John H. Jackson. Es el primer libro de este afamado profesor que se traduce al castellano y resulta de gran actualidad e interés para una audiencia jurídica académica y profesional, pero también para lectores curiosos por conocer de una forma sencilla y magistral controversias centrales sobre el concepto de soberanía, el derecho internacional y las organizaciones internacionales, especialmente centradas en el derecho y la práctica de la OMC.
Este es un extracto de la presentación del libro:
«El contenido de este libro y su difusión editorial es especialmente pertinente en el momento actual debido a los importantes y nuevos retos, problemas y dificultades que el mundo de hoy debe afrontar. Algunas de las particularidades de la crisis actual son tratadas en el libro, donde se aborda, por ejemplo, la pregunta sobre cómo se puede gestionar con éxito un mundo globalizado, especialmente su economía. La respuesta reside en limitar la dependencia excesiva del Estado nación y del concepto de soberanía, para reconocer la evidente necesidad de contar con mecanismos internacionales, que han de desarrollar funciones de regulación y control del cumplimiento de las normas desde el presupuesto de su fuerza para obligar, compeler, exigir la observancia de lo acordado y, en este sentido, trascender los sistemas basados en su aceptación voluntaria. Es útil, en este sentido, el estudio del Mecanismo de Solución de Diferencias de la OMC para ponderar sus logros y deficiencias en el debate sobre su, todavía pendiente, proceso de reforma. El libro también analiza algunas «cuestiones jurisprudenciales clave», que muy probablemente son comunes a todos los sistemas de solución de diferencias en cuanto sistemas regulatorios, que tengan perspectivas razonables de éxito. El autor confía en que este libro pueda servir como estímulo a la formulación de ideas y nuevos estudios que permitan la reflexión sobre los desafíos centrales del mundo del siglo XXI.»
Turno de letras es un título con entradas que llaman la atención sobre convocatorias de propuestas de ponencias para conferencias, jornadas o congresos.
Se trata de un call for papers dirigido a doctorandos e investigadores postdoctorales para un Workshop que tendrá lugar los días 16 y 17 de octubre de 2009 en la Universidad de Gotinga en Alemania. Los temas sugeridos son interesantes. Se pueden presentar propuestas hasta el 26 de junio y los papers van a ser publicados en un número del Göttingen Journal of International Law (GoJIL).
El Parlamento Europeo contra la matanza de focas
mayo 25, 2009
Por Rosa Fernández Egea
El pasado día 5 de mayo de 2009 el Parlamento Europeo aprobó con una amplia mayoría (550 votos a favor, 49 en contra y 41 abstenciones) un Reglamento que prohíbe la «comercialización, la importación, el tránsito o la exportación de productos derivados de la foca» en la UE, excepto aquellos destinados a la comunidad Inuit o los procedentes de animales cazados para mantener la sostenibilidad del mar. La medida comunitaria restringirá el comercio de «los productos, transformados o no, derivados u obtenidos de las focas, entre los que se incluyen la carne, el aceite, la grasa, los órganos, las pieles en bruto y las pieles curtidas o adobadas». El Reglamento, que aún debe ser aprobado por el Consejo, entrará en vigor con toda probabilidad en 2010.
Esta medida legislativa comunitaria ha supuesto un reconocimiento de la repulsa de la sociedad europea (nueve países de la UE ya habían prohibido la comercialización de este tipo de productos) a las crueles matanzas de crías de focas con fines comerciales que se venían sucediendo cada año en países como Canadá. De hecho, se afirma que esta medida afectará especialmente a la industria de focas de este país puesto que el mercado comunitario representa una tercera parte de las exportaciones de piel de foca y una cuarta parte del comercio mundial de productos derivados de las focas. Canadá ha amenazado con denunciar a la Comunidad Europea por incumplir sus compromisos comerciales a la luz del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y de Comercio (más conocido por GATT, de acuerdo con sus siglas en inglés).
Efectivamente, en virtud de las reglas comerciales del GATT, los miembros de la Organización Mundial de Comercio cuentan con poco margen para adoptar medidas restrictivas de comercio por motivos ambientales. El embargo de los productos derivados de las focas podría ser contrario al artículo XI del GATT que prohíbe las restricciones cuantitativas a la importación y exportación. La Comunidad Europea podría invocar las excepciones del artículo XX del GATT, que recoge dos supuestos de carácter ambiental al permitir la excepción de medidas necesarias para proteger la vida y la salud de los animales y de las medidas relativas a la conservación de recursos naturales agotables. Sin embargo, para poder invocar con éxito estas excepciones la Comunidad Europea deberá hacer hincapié en la necesidad de adoptar medidas comerciales para salvaguardar la vida de estos animales en peligro de extinción, y no en razón de los “inhumanos” métodos de darles muerte, que tendría un difícil encaje en los supuestos anteriores.
De todas formas, dado el escaso volumen de negocio que mueve la comercialización de los productos elaborados con focas, siendo más importante el de cangrejos, langosta y gambas, si lo que Canadá pretende con esta denuncia es salvar su imagen pública, más le valdría acabar con estas crueles e innecesarias prácticas para repararla.
Turno de letras: Regional Integration and the World Trade Order: Synergies and Conflicts from a European Perspective
febrero 27, 2009
Turno de letras es un título con entradas que llaman la atención sobre convocatorias de propuestas de ponencias para conferencias, jornadas o congresos.
Como miembro del Grupo de Interés en Derecho Económico Internacional de la European Society of International Law, es un placer anunciar esta conferencia que promete ser muy interesante y animar a todos a que presenten propuestas de ponencias. Esta es la información que convoca la presentación de propuestas:
Regional Integration and the World Trade Order:
Synergies and Conflicts from a European Perspective
ESIL IELIG Conference, Warsaw, 25-27. June 2009
Call for PapersThe International Economic Law Interest Group of the European Society of International Law and the Kardinal Stefan Wyscinski University in Warsaw will jointly organize a Conference in Warsaw on June 25-27 on „Regional Integration and the World Trade Order – Synergies and Conflicts from a European Perspective“ which shall cover the following topics:
1) WTO/EU Relations
1. History, objectives and application of Article XXIV of GATT
2. EC/EU as WTO Member: institutional issues, implementation of WTO agreements, EU in the Doha Round
2) EU Trade Agreements
1. EU trade relationships with the Ukraine, the Balkans and Trans-Caucasus countries
2. New generation of Economic Partnership Agreements with former ACP countries, the Cotonou Agreement
3) Specific Issues:
1. Intellectual property, health and safety measures, consumer protection measures in EU preferential trade agreements
2. Trade remedies (anti-dumping, anti-subsidy and safeguard measures) in EU preferential trade agreements
3. Investment protection – EU and bilateral investment treaties, proposals for harmonization of standards
4. Free movement of persons – migration and immigration (third pillar issues)
Submissions including an abstract of 2 pages (500 words) maximum and a short curriculum vitae should be sent to Marek Jeźewski <m.jezewski@uksw.edu.pl> and Tobias Stoll <pstoll@gwdg.de> until 12. April 2009. There will be, eventually, 4-6 panels with three or four panellists each. Selected presenters will be informed before the end of April and papers should be submitted until June 11, 2009. Presentations of papers are limited to 20 minutes. The submission of papers for distribution only is possible when indicated so with the proposal. Speakers will be exempted from the conference fee.
Patentes farmacéuticas y derecho de tránsito
enero 27, 2009
Les recomiendo el post que ha publicado Brian Mercurio en el IELP blog sobre la intercepción de fármacos ‘genéricos’ por parte de las autoridades de aduana de los Países Bajos por infracción de patentes farmacéuticas. Los medicamentos estaban en tránsito desde la India hacia Brasil. ¿Está la UE amparada por el TRIPs para intervenir en esos casos o está actuando de manera inconsistente con el TRIPs? El post y la discusión en los comentarios son muy interesantes.
Protección y observancia de derechos de propiedad intelectual: decisión sobre el asunto de EE.UU. contra China en la OMC
enero 26, 2009
Hoy se ha publicado el informe del Grupo Especial sobre la reclamación de los Estados Unidos con respecto al asunto “China — Medidas que afectan a la protección y observancia de los derechos de propiedad intelectual” (DS362). Estás son las conclusiones y recomendaciones del Grupo Especial, con una aclaración interesante para evitar malos entendidos
VIII. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIÓN
8.1 Por las razones expuestas en el presente informe, el Grupo Especial llega a las siguientes conclusiones:
a) la Ley de Derecho de Autor, específicamente la primera frase del artículo 4, es incompatible con las obligaciones que corresponden a China en virtud de las siguientes disposiciones:
i) el párrafo 1) del artículo 5 del Convenio de Berna (1971), incorporado por el párrafo 1 del artículo 9 del Acuerdo sobre los ADPIC; y
ii) el párrafo 1 del artículo 41 del Acuerdo sobre los ADPIC;
b) con respecto a las medidas aduaneras:
i) el artículo 59 del Acuerdo sobre los ADPIC no es aplicable a las medidas aduaneras en tanto en cuanto estas medidas se aplican a mercancías destinadas a la exportación;
ii) los Estados Unidos no han demostrado que las medidas aduaneras sean incompatibles con el artículo 59 del Acuerdo sobre los ADPIC en tanto en cuanto incorpora los principios establecidos en la primera frase del artículo 46 del Acuerdo sobre los ADPIC; y
iii) las medidas aduaneras son incompatibles con el artículo 59 del Acuerdo sobre los ADPIC en tanto en cuanto incorpora el principio establecido en la cuarta frase del artículo 46 del Acuerdo sobre los ADPIC; y
c) los Estados Unidos no han demostrado que los umbrales penales sean incompatibles con las obligaciones que corresponden a China en virtud de la primera frase del artículo 61 del Acuerdo sobre los ADPIC.
8.2 El Grupo Especial aplica el principio de economía procesal respecto de:
a) la alegación hecha al amparo del párrafo 2) del artículo 5 del Convenio de Berna (1971), incorporado por el párrafo 1 del artículo 9 del Acuerdo sobre los ADPIC; y las alegaciones hechas al amparo del artículo 61 del Acuerdo sobre los ADPIC (con respecto a la Ley de Derecho de Autor); y
b) las alegaciones hechas al amparo del párrafo 1 del artículo 41 del Acuerdo sobre los ADPIC y al amparo de la segunda frase del artículo 61 del Acuerdo sobre los ADPIC (con respecto a los umbrales penales).
8.3 Con arreglo al párrafo 8 del artículo 3 del ESD, en los casos de incumplimiento de las obligaciones contraídas en virtud de un acuerdo abarcado, se presume que la medida constituye un caso de anulación o menoscabo. China no consiguió refutar esa presunción. En consecuencia, el Grupo Especial llega a la conclusión de que la Ley de Derecho de Autor y las medidas aduaneras, en tanto en cuanto son en sí mismas incompatibles con el Acuerdo sobre los ADPIC, anulan o menoscaban ventajas resultantes de ese Acuerdo para los Estados Unidos.
8.4 A la luz de estas conclusiones, el Grupo Especial recomienda, con arreglo al párrafo 1 del artículo 19 del ESD, que China ponga la Ley de Derecho de Autor y las medidas aduaneras en conformidad con las obligaciones que le corresponden en virtud del Acuerdo sobre los ADPIC.
Observación final
8.5 En esta diferencia, la función del Grupo Especial no era verificar la existencia ni el nivel de la falsificación de marcas de fábrica o de comercio y la piratería lesiva del derecho de autor en China en general, ni examinar la conveniencia de una observancia estricta de los derechos de propiedad intelectual. Los Estados Unidos impugnaron tres supuestos defectos específicos del régimen jurídico de China en materia de derechos de propiedad intelectual en relación con determinadas disposiciones específicas del Acuerdo sobre los ADPIC. El mandato del Grupo Especial estaba limitado al examen de si esos supuestos defectos, sobre la base de una evaluación objetiva de los hechos presentados por las partes, son incompatibles con esas disposiciones específicas del Acuerdo sobre los ADPIC.
Libro sobre la crisis mundial de alimentos
enero 26, 2009
Aunque no está todos los días en titulares como hace sólo unos meses atrás, la crisis alimentaria es uno de los problemas clave de este mundo globalizado y superpoblado. Por eso hay que dar la bienvenida al libro La crisis mundial de alimentos: alternativas para la toma de decisiones, editado por Kattya Cascante Hernández y Ángeles Sánchez Díez y publicado por la Fundación Alternativas y, no menos importante, disponibe íntegro de forma gratuita en la red desde este enlace.
Félix Peña sobre el futuro del MERCOSUR
diciembre 8, 2008
La reciente newsletter de Félix Peña trae una reflexión muy apropiada sobre el futuro del MERCOSUR. A continuación transcribo el resumen del texto completo, que se puede consultar aquí.
Es un hecho que el Mercosur arrastra desde hace un tiempo un debate sobre su relevancia y su futuro. La insatisfacción sobre su estado actual es ya evidente. Múltiples pronunciamientos que se observan con distinta intensidad en los últimos tiempos, confirman la impresión de que el proceso de integración ha ido perdiendo su atractivo en sectores relevantes de todos los países miembros.
Se ha instalado al respecto un debate que requiere ser profundizado con una amplia participación social. El que el Parlamento del Mercosur haya comenzado a funcionar, incluso con una página Web de fácil manejo, abre una ventana de oportunidad para que su legitimidad social se asiente en el papel que pueda desempeñar en la canalización de tal debate.
La Cumbre a realizarse los días 15 y 16 de diciembre de 2008 en Salvador, Bahía, con la que culmina el período de la presidencia brasileña, es entonces una oportunidad para revertir el escepticismo predominante y para definir cuáles son las hojas de ruta hacia delante.
En todo caso, parece conveniente colocar el debate sobre el desarrollo futuro del Mercosur, en la perspectiva más amplia de los cambios que se están operando en el mundo y en la región.
Existe un amplio margen para fortalecer el Mercosur adaptándolo a las nuevas realidades internacionales. Puede lograrse capitalizando los activos acumulados desde los momentos fundacionales. Borrón y cuenta nueva no es un camino recomendable, tan pronto se toman en cuenta las múltiples dimensiones de un proceso de integración que trasciende a lo comercial. Renovado puede cumplir una función relevante en la estabilidad política de una región en la que operan fuerzas centrífugas.






