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¡Feliz 2012!

diciembre 31, 2011

Se nos va otro año y sus últimas horas se colman con ilusiones que se proyectan en el próximo, que comienza en tan solo unas horas. Nosotros, los que escribimos el blog, hemos tenido una Navidad especial, porque celebramos también el nacimiento de Juana, la hija de Alejandro Chehtman, que ha llegado el 26 de diciembre sana y bella. Felicidades dobles para Alejandro y su familia. Mi deseo en aquiescencia para 2012 es que sigamos manteniendo esta conversación sobre el derecho, la política y la justicia en el mundo; mi ilusión es que tenga, en algún lugar, para algunas personas, algún efecto humano positivo. ¡Mis mejores deseos para todos nuestros lectores en 2012!

El tema, sobre el que hemos publicado aquí, es noticia en los diarios argentinos, porque la Jueza Federal Servini de Cubría movió ficha, hacia adelante, en el caso de los crímenes del franquismo mediante la solicitud formal a las autoridades judiciales españolas de los “nombres y últimos domicilios conocidos de los miembros de los Consejos de Ministros de los Gobiernos del Estado Español y de los miembros de los mandos de las Fuerzas Armadas, Guardia Civil, Policía Armada, Directores de Seguridad y dirigentes de La Falange” que ejercieron sus cargos en el período comprendido entre el 17 de julio de 1936 y el 15 de junio de 1977. También pide información sobre personas desaparecidas, víctimas de persecución política y sustracción de niños, fosas comunes y sobre las empresas que se beneficiaron del trabajo forzado de presos republicanos.
España es una democracia madura y tiene que resolver este problema por sí misma. Ha pasado ya tiempo y la justicia del caso ya difícilmente puede calificarse de transicional. Con el paso del tiempo se puede corroborar con claridad cómo, parafraseando una de esas frases ya clásicas sobre ese proceso, algunas de las virtudes de la transición española se han convertido en vicios de su democracia. Uno de esos vicios es la falta de valor político para revisar las leyes que impiden a la justicia española investigar apropiadamente estas denuncias que ahora tienen lugar allende los mares, como la ley de amnistía de 1977, que hace mucho que ha perdido esa función pacificadora que pudo justificarla en su momento.

Por Nicolás Carrillo Santarelli.

El Instituto Universitario de Investigación Ortega y Gasset impartirá un Máster online en Derecho Internacional y Relaciones Internacionales. La información académica y administrativa sobre el programa se encuentra en el siguiente vínculo. Los interesados pueden presentar sus solicitudes hasta el próximo 12 de enero.

No sabía que existía esta competición sobre arbitraje marítimo que organiza el Center for International Law and Justice en Odessa, Ucrania. La añado a nuestra lista de moots. Me imagino que será particularmente interesante para alumnos de alguna maestría en derecho marítimo. En el sitio web del Center for International Law and Justice pueden encontrar la información.

Importante elección de una nueva juez de la Corte Internacional de Justicia, Julia Sebutinde (Uganda), que después de varias rondas de votación ha superado al juez Abdul Koroma (Sierra Leona), que aspiraba a ser reelegido para el cargo. Sebutinde era hasta ahora miembro del Tribunal Especial para Sierra Leona y es doctora en derecho internacional por la Universidad de Edimburgo (se puede ver su cv en esta nota de prensa). ¡Felicitaciones!

Jon Van Dyke (1943-2011)

diciembre 15, 2011

Jon Van Dyke era profesor de derecho en la Universidad de Hawai, donde enseñaba derecho internacional, derecho del mar, derecho humanos y derecho constitucional. Murió hace pocos días en Australia. Coincidí con él en tres conferencias sobre derecho del mar separadas por varios años, la última vez en octubre de 2010 en Hamburgo. Tenía un carácter afable y era un gusto escucharlo hablar de las islas y su regulación internacional, sobre las que tenía un profundo conocimiento. Escribió o editó más de una decena de libros, incluyendo un libro de texto de derecho internacional [International Law and Litigation in the U.S. (3º ed. 2009) y varios libros de derecho del mar [por ejemplo, Maritime Boundary Disputes, Settlement Processes, and the Law of the Sea (2009)]. Era también conocido por su defensa de los derechos de los nativos hawaianos [Who Owns the Crown Lands of Hawai`i? (2008)]. RIP

David Bederman (1961-2011)

diciembre 9, 2011

David Bederman falleció el domingo pasado a los 50 años. Lo derrotó un cancer. Era profesor en la Universidad de Emory. Yo lo conocí en 1989, cuando coincidimos en los cursos de la Academia de Derecho Internacional de La Haya. Luego nos vimos en varias ocasiones y hasta alguna vez nos intercambiamos alguna carta sobre alguno de sus escritos. Era un gigante del derecho y resultaba siempre asombroso pensar cómo hacía para ser tan productivo, escribir tanto, siempre con profundos fundamentos, sobre temas tan diversos. Escribió más de un centenar de artículos en revistas especializadas y numerosos libros, algunos de los cuales cito aquí a modo de homenaje y trascendencia: Custom as a Source of Law (Cambridge University Press, 2010), The Classical Foundations of the American Constitution (Cambridge University Press 2008), Globalization and International Law (Palgrave Macmillan 2008),  International Law: A Handbook for Judges (American Soc’y of International Law 2003), The Spirit of International Law (University of Georgia Press 2002), International Law in Antiquity (Cambridge University Press 2001), Classical Canons: Classicism, Rhetoric and Treaty Interpretation (Ashgate Publishing 2001), International Law Frameworks (Foundation Press 3d ed. 2010). RIP

Nuestro libro no es barato, ya lo sé, pero quizá ayude un poco esta oportunidad de adquirirlo o recomendarlo a bibliotecas con un descuento del 20 por ciento. Para obtener el descuento hay que visitar la página del libro The Role of Courts in Transitional Justice e introducir el código JACE2011. La oferta es válida hasta el 29 de febrero de 2012.

Muy bueno el artículo que publica hoy Timothy Garton Ash sobre la tesis doctoral que presentó con éxito Saif Gadafi en la London School of Economics (hay una investigación abierta para averiguar si hubo plagio y un ejemplar informe independiente solicitado por la propia universidad sobre las relaciones entre la LSE y Libia -en todos lados se cuecen habas-). Garton Ash dice en una parte de su artículo que

Las intervenciones liberales y humanitarias deben ser unas respuestas infrecuentes y excepcionales a unas circunstancias inhumanas extremas, y hay que juzgarlas, sobre todo, por su éxito a la hora de evitar o detener el desastre. Eso es más o menos lo que afirma la doctrina de la «responsabilidad de proteger» (conocida como R2P por su nombre en inglés) que promueve hoy Naciones Unidas. El principio está desarrollado en una serie de documentos de la ONU y otros ensayos, en especial un estudio pionero llevado a cabo por una comisión internacional bajo los auspicios de Canadá. Establece unas condiciones muy exigentes, empezando por la existencia de una crisis humana extrema y siguiendo con una serie de criterios como la intención debida, la autoridad legítima, el último recurso y los medios proporcionales. Asimismo debe haber una «posibilidad razonable» de evitar o detener el sufrimiento, y las consecuencias de no actuar deben ser probablemente peores que las de actuar. En mi opinión, se puede decir eso de Libia. Si se hubiera dejado a los Gadafi que aplastaran a los ciudadanos de Bengasi, la situación sería hoy peor.

El artículo termina proponiendo usar como metáfora para analizar la responsabilidad de proteger a la imagen de la hija del vecino atacada por su propio perro rottweiler. Parar la agresión, si se puede, es ya un éxito.

En el Law and Business Review of the Americas aparece un artículo de Katia Fach sobre Latinoamérica y el ICSID que tiene interés y está disponible libremente aquí. Katia lo describe así:

Algunos países latinoamericanos vienen mostrando en los últimos tiempos una actitud especialmente crítica respecto del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones (CIADI). En este sentido, diversas naciones de esta región han desarrollado individualmente  varios mecanismos para resistirse a este arbitraje internacional auspiciado por el Banco Mundial.  A modo de ejemplo, Argentina ha recurrido a estrategias jurídicas para evitar cumplir con un buen número de laudos CIADI que obligaban al Estado demandado a abonar cuantías muy elevadas; Venezuela y Bolivia han creado modelos de contratos petroleros en los que no se ha incorporado la referencia a CIADI como foro de solución de las controversias derivadas de estas inversiones y, de la misma forma, dicha opción Ciadi se está omitiendo también en recientes APPRIs firmados por estados latinoamericanos; Venezuela y Ecuador pretenden desvincularse de los APPRIs preexistentes e incluso Bolivia y Ecuador han llegado a denunciar el Convenio de Washington. Asimismo, en el área latinoamericana se están desarrollando iniciativas de carácter regional, a través de organismos como Unasur, que pretenden ser en el futuro una alternativa viable a los arbitrajes de CIADI. En definitiva, Latinoamérica es una región que merece especial atención en materia de inversiones internacionales, ya que iniciativas como las recién citadas pueden contribuir a redefinir el futuro del arbitraje internacional.