Por Nicolás Carrillo Santarelli.
El día 26 de junio se realizará en la Universidad Autónoma de Madrid un Workshop internacional en el que se discutirá la propuesta de adoptar un tratado sobre empresas y derechos humanos, que fue acogida en el Consejo de Derechos Humanos. Este tema ya ha sido comentado anteriormente en el blog, y se ocupa de cuestiones tanto fascinantes a nivel teórico (por ejemplo, cuestiones sobre el papel de las corporaciones en el derecho internacional y de sus derechos y deberes internacionales; además de temas de responsabilidad extraterritorial de los Estados de nacionalidad de empresas trasnsnacionales) como de suma trascendencia para las víctimas de abusos corporativos. La asistencia es gratuita, y el programa se encuentra en el siguiente archivo: Programme 26 June Business HR.
Pasantías (Internships) en la OIT
mayo 22, 2015
La OIT anuncia 35 pasantías en https://erecruit.ilo.org/public/index.asp. El plazo para presentarse vence el 1 de junio de 2015. ¡Buena suerte!
El próximo martes 26 de mayo de 12 a 13:30 horas, en el seminario 8 de la cuarta planta de la Facultad de Derecho de la UAM, tendremos la oportunidad de debatir con Lorella de la Cruz sobre la agenda comercial de la UE en Latinoamérica, con una especial atención a la negociación con países del Mercosur. Lorella estudió Derecho en la UAM y trabaja desde hace tiempo en la Dirección General de Comercio de la Comisión Europea, donde ahora se ocupa de las relaciones con los países latinoamericanos. Si les interesa el tema, como siempre, serán bienvenidos al seminario.
Me complace anunciar los Cursos de Derecho Internacional y Relaciones Internacionales de Vitoria-Gasteiz de este año, que tendrán lugar del 13 al 17 de julio de 2015. El programa incluye una conferencia inaugural sobre España en el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas por parte de D. Francisco Javier SANABRIA VALDERRAMA (Director General de Naciones Unidas y Derechos Humanos del MAEC) y siete cursos sobre:
El Reglamento de Sucesiones internacionales: ¿un escollo o una oportunidad?Dr. D. Albert FONT SEGURA (UPF)
La política exterior de EEUU hacia China y la dinámica de seguridad en Asia: impacto regional y global, Dr. D. David J. GARCÍA CANTALAPIEDRA (Universidad Complutense)
Hacia la configuración de un sistema de protección de los derechos humanos de las Naciones Unidas, Dr. D. Jorge CARDONA LLORENS (Universidad de Valencia y Miembro del Comité de los Derechos del Niño)
El deber de proteger los derechos humanos en los conflictos actuales, Dra. Da. Jessica ALMQVIST (UAM)
Democracia y derechos humanos en las Américas: normas y aplicación, Dr. D. Jean Michel ARRIGHI (Secretario de Asuntos Jurídicos de la OEA y miembro del Instituto de Derecho Internacional)
La comunicación de la política internacional y el proceso de globalización en la actualidad, Dr. D. José María PEREDO POMBO (Universidad Europea de Madrid)
El Derecho Procesal Europeo de última generación, Dra. Da. Marta REQUEJO ISIDRO (Max Planck Institute Luxembourg for International, European and Regulatory Procedural Law)
Plazo de inscripción hasta el 30 de junio. Información y preinscripciones en e-mail: cdinternacionalvitoria@gmail.com
El tema del caso Jessup 2016
mayo 20, 2015
El tema del caso Jessup 2016 es muy interesante y actual: programas de vigilancia masiva, expropiación de propiedad utilizada en dichos programas, ciberataques atribuibles a Estados. Esta es la descripción en la página de la ILSA:
The 2016 Jessup Compromis will include questions concerning the legality of mass surveillance programs, the expropriation of property allegedly used in such programs, and the international legal consequences of cyberattacks attributable to states.
Jiménez García: «La prevención y lucha contra el blanqueo de capitales y la corrupción»
mayo 11, 2015
El profesor Francisco Jiménez García ha publicado su libro «La prevención y lucha contra el blanqueo de capitales y la corrupción» (2015). En este documento pueden leer el índice de contenidos, el prólogo y la breve introducción del libro, que promete un análisis de derecho global.
Experto Universitario en derecho y política internacional desde la perspectiva de España y EEUU
mayo 4, 2015
Nuestro colega el profesor Antonio Pastor Palomar (URJC) organiza la tercera edición del programa para la formación de líderes en materia de relaciones internacionales económicas junto a la Universidad de Georgetown. El programa de 2015 tiene como tema central «la energía y el medio ambiente en el contexto transatlántico euro-americano, a la luz de la negociación del nuevo tratado comercial y de inversión extranjera». Los interesados en el programa pueden encontrar toda la información necesaria en esta dirección de la Universidad Rey Juan Carlos.
En 2016 habrá que elegir a un nuevo Secretario General de la Organización de las Naciones Unidas. A diferencia de otros funcionarios de las Naciones Unidas, la elección del Secretario General es sencilla sobre el papel: la Carta de Naciones Unidas dice que será nombrado por la Asamblea General a recomendación del Consejo de Seguridad. La decisión en el Consejo de Seguridad se toma por una mayoría de nueve votos y, a diferencia de otras decisiones importantes, no cabe el veto de los miembros permanentes del Consejo de Seguridad. El papel, sin embargo, no refleja la realidad. En la práctica, el Secretario General se elige en negociaciones entre los cinco Estados miembros permanentes del Consejo de Seguridad, es decir, China, Estados Unidos, Francia, Reino Unido y Rusia. En el proceso se respeta una suerte de turno geográfico, práctica codificada en 1997 mediante la resolución 51/241 de la Asamblea General. El próximo año, por ejemplo, el Secretario General, que siempre ha sido un hombre, debería provenir de Europa Oriental.
La opacidad del proceso de elección del Secretario General es criticable y debería reformare para aumentar su legitimidad e independencia. La reivindicación por un proceso de elección más justo, abierto e inclusivo no es nueva. La reforma del sistema cuenta incluso con una campaña global, 1 para 7 mil millones, apoyada por organizaciones no gubernamentales e individuos preocupados por la falta de detalle de las funciones del puesto, la ausencia de escrutinio público, la práctica del candidato único propuesto por el Consejo de Seguridad y el hecho de que nunca una mujer haya ocupado el cargo. Una de las propuestas más interesantes que se han puesto sobre la mesa para cambiar esas deficiencias procede de The Elders, un grupo independiente de líderes mundiales a favor de la paz y los derechos humanos, que convocó Nelson Mandela en 2007.
Entre sus recomendaciones para unas Naciones Unidas preparadas para cumplir con sus propósitos, The Elders propone que la Asamblea General requiera al Consejo de Seguridad una lista de varios candidatos para cambiar la práctica del candidato único consensuado por los Estado miembros permanentes. Además, sugiere acabar con la rotación regional y establecer un proceso abierto, equitativo y transparente para elegir a la persona que vaya a ocupar el puesto. La elección sería por un mandato de 7 años no renovables, para evitar veleidades electoralistas. Lo más interesante es que este cambio es idealista pero no utópico, ya que se podría producir mediante la adopción por mayoría de una resolución de la Asamblea General, que reformaría su propia Resolución 11/1 de 1946, por la que dispuso un mandato de cinco años renovable.
España es actualmente miembro no permanente del Consejo de Seguridad y va a participar en el proceso de elección de la Secretaria General que asuma su mandato en enero de 2017. En el programa España 2015-2016 Miembro No Permanente de Naciones Unidas, que por lo demás me parece una buena iniciativa del Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación, se hace una referencia escueta y muy general a la elección del Secretario General. Se constata que el “actual SGNU terminará su segundo mandato el 31 de diciembre de 2016” y que con anterioridad “la Asamblea General nombrará a su sucesor a recomendación del CS (artículo 97 de la Carta)”. Luego se añade que “España participará en la elección del próximo Secretario General como miembro de ambos órganos principales.” Queda, sin embargo, pendiente responder a las preguntas más relevantes. ¿Cómo participará España? ¿Defenderá un proceso más abierto y con reformas para seleccionar y elegir a una Secretaria General de las Naciones Unidas más independiente y con mayor legitimidad?
Los grandes temas de Naciones Unidas son o deberían ser los grandes temas de la humanidad. La agenda de Naciones Unidas representa o debería representar el mundo que queremos, el mundo que querríamos tener: un mundo con paz, libertad, sin pobreza extrema, con igualdad y poder para las mujeres y las niñas, con salud pública, desarrollo sostenible y respeto de los derechos humanos. Para liderar ese proyecto se necesita un Secretario General de las Naciones Unidas que no sea simplemente “el más alto funcionario administrativo de la Organización”, sino un líder con mayor independencia y legitimación para interpretar y representar las necesidades, los intereses y los sueños de la comunidad global. España, como miembro no permanente del Consejo de Seguridad, debería impulsar la reforma a favor de un proceso de elección más abierto y transparente para elegir a la próxima Secretaria General de Naciones Unidas para más de 7 mil millones de personas.
Bendiksen y la chatarra espacial
abril 28, 2015

Este es mi segundo post de fotografía. El primero fue sobre Ed Burtinsky y sus fotos sobre la huella industrial. Este post tiene una relación directa con el derecho internacional del espacio. La foto es de Jonas Bendiksen, un fotógrafo de la famosa agencia Magnum, y pertenece a su fascinante libro Satélites. La foto de esos dos sujetos con su tesoro de chatarra espacial son una metáfora de nuestra contradictoria sociedad global. En el video que se puede ver abajo, Bendiksen explica cómo hizo la foto y qué son esas atrayentes manchas blancas que aparecen en la imagen, tomada en verano en Altai, Rusia, en el año 2000.
El rostro cambiante de Clío: Raymond Carr (1919-2015)
abril 27, 2015
por Ignacio Rodríguez Álvarez
Raymond Carr no dejó escrito libro alguno sobre el lugar cambiante del derecho en la vida nacional e internacional, sus auges y sus caídas. En realidad, era un candidato poco plausible a hacerlo. Su historia estaba centrada en los grandes personajes y se consideraba recientemente, no sin cierta ironía, «lo bastante anticuado y lo bastante mayor» ante «una multiplicidad de disciplinas semi-autónomas, nacidas de modos de explicación tomados de las ciencias sociales por los historiadores». Sólo la cronología le ha salvado de un aluvión de preguntas sobre la opinión que le hubiera merecido el flujo caudaloso del actual auge de los libros de historia cuya materia prima suministran, no historiadores, sino juristas profesionales.
¿Qué encontrará de ayuda, entonces, el jurista curioso en las obras de historiadores profesionales como Raymond Carr? Él mismo nos daba algunas pistas. En primer lugar, «puede en ocasiones quedar fascinado por un libro». Este podría ser el caso si se acercase a los textos que Carr editó en 1971 sobre intervención en guerras civiles en el libro The Republic and the Civil War in Spain; su Puerto Rico: A Colonial Experiment, publicado en 1984; o leyera alguno de los numerosos ensayos, que en forma de reseñas, escribió para The Spectator, The Times Literary Supplement y The New York Review sobre cuestiones internacionales. Más frecuentemente, sin embargo, lo que fascina al jurista es un tema o un problema. En este caso, Carr aconsejaría al jurista que «inicie la tarea muchas veces profundamente tediosa de peinar las fuentes. Gradualmente, mediante el ejercicio de la imaginación, surge el cuadro y su trabajo esta cumplido».
Pero esto no es una tarea fácil. Puede ser, además, poco convincente. Los juristas, que escriben para un público muy definido, suelen quejarse de que los historiadores olvidan esa dimensión de la historia, incluso si estos especialistas suministran los ladrillos con los que los juristas construyen sus mansiones, en ocasiones algo tambaleantes. Para el jurista, el precedente es un práctico marco conceptual en el que pueden introducirse los acontecimientos históricos. Pero si estos no se ajustan al concepto cuya defensa se pretende, dejan de ser utilizables. El jurista desilusionado, para salvar algo del naufragio, puede dedicarse exclusivamente a la historia de su disciplina desde las ideas, explotando la rica veta de doctrina jurídica a lo largo del tiempo. Desesperado, incluso, puede convertirse en un profesional que escribe sobre otros profesionales. Pero la historia así elaborada, al decir de Carr, «puede carecer de la sencilla fuerza explicativa de los hechos».
Las razones son complejas. Pero una destaca: estas historias del derecho internacional nos ofrecen una imagen halagadora de nosotros mismos; como lo ha explicado el sagaz profesor finlandés Martti Koskeniemmi, en su lucha para afirmar la supremacía del derecho sobre la barbarie, los juristas —algunos de ellos, al menos— aparecen en ellas como «corteses civilizadores de las naciones». La historia del progreso del derecho internacional aparece entonces como una empresa corporativa y cooperativa presentada en congresos y auspiciada por institutos profesionales que devienen los talleres del mundo. Los historiadores modernos pueden meditar en torno a los fines de la historia y acaso nieguen que los tenga. Sus colegas juristas saben lo que hacen y qué propósitos tiene lo que escriben.
Por su puesto, esta invasión de la ciencia del derecho internacional ha enriquecido y transformado su historia. Sin embargo, ese lugar seguro y ese sentido de finalidad que la historiografía jurídica ha dado al derecho internacional y a sus historiadores no esta exento de peligros fácilmente reconocibles: su tendencia a comprimir y simplificar, la atmósfera de finalidad que dan esas obras y, especialmente, la tentación de recrear situaciones históricas para las cuales no se proporcionan imágenes auténticas. El jurista no desconoce, además, los efectos que su historia puede desplegar en el presente cuando se proyecta jurídicamente sobre el pasado. En estos casos, la obra de Raymond Carr plantea repetidamente la cuestión que martiriza a cualquier historiador del derecho internacional que haya meditado sobre su oficio.
Su mensaje es inquietante. ¿Cómo escriben historia los juristas? La respuesta sencilla sería que se afanan indagando en las fuentes y, con suerte, surge de ello un cuadro del pasado. Pero este cuadro refleja inevitablemente la forma en que el jurista contempla la vida en general, su visión del derecho internacional en el presente. «Todos tenemos que hacer labor de excavación», Carr escribía sobre la certeza histórica, «pero por mucho esfuerzo que se invierta en trabajo de archivo nunca se podrá extraer una versión objetiva de la Guerra Civil española o de la Revolución francesa que no refleje nuestros prejuicios, y nuestra perspectiva de la política y de la sociedad en general». Con esta sorprendente advertencia, Carr quizás quiso decir que al proponerse el estudio de la historia el jurista, como el historiador, «tiene que permanecer en guardia y no desviarse de una línea de equilibrio ideal evitando imperfecciones y desigualdades de trato».
Esto no significa que el jurista no pueda ser un historiador imaginativo, ni haya de olvidar las finalidades de su propia disciplina: «la historia es la reconstrucción imaginada del pasado o no es nada». En efecto, Carr cuenta cómo, cuando estaba a punto de comenzar una historia de la España moderna, Gerald Brenan le recordó que «no se desvela la verdad escribiendo historia. Sólo se llega a ella escribiendo novelas». «Creo que lo que quiso decir», Carr apuntaría tiempo después, «es que el historiador está atado a sus fuentes y su imaginación trabada por ellas». Lejos de aventurar ninguna sugerencia sin el soporte de las fuentes, sin embargo, Carr tituló su historia sobre la guerra civil La tragedia española, con el resultado, parcialmente confesado, «de quedar relegado a la sección de literatura en las bibliotecas públicas». En esto, al menos, estaba equivocado.
Nota: Hace unos años, la Fundación Ortega y Gasset editó bajo el título El rostro cambiante de Clío un conjunto extenso de los ensayos y recensiones que Carr publicó a lo largo de su dilatada vida. El título, como el de este texto, coincidía con uno de ellos, publicado originalmente en The Spectator. De otro lado, la broma a la que alude Carr en el ultimo párrafo estriba en que su libro The Spanish Tragedy: the Civil War in Perspective, publicado en 1977, se identifica a través de su título con la celebre obra dramática de Thomas Kyd publicada a finales del siglo XVI.






