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Sovereign Financing and International Law

Copio el vínculo a un informe sobre las próximas elecciones al Consejo de Seguridad. Chile se afianza como una potencia política regional con esta candidatura como miembro no permanente del Consejo, que sería su quinta participación absoluta y la tercera en menos de dos décadas (1952-1953, 1961-1962, 1996-1997 y 2003-2004).

Security Council Elections 2013 : Special Research Report : Security Council Report.

El caso de la competición Philip Jessup 2014 ya se ha publicado. Aquí está el acuerdo entre el Estado de Amalea (demandante) y la República de Ritania (demandado) para someter  a la Corte Internacional de Justicia las diferencias entres las partes sobre ciertas actividades en la falla de Malachi («Special Agreement between the State of Amalea (Applicant) and the Republic of Ritania (Respondent) to submit to the International Court of Justice the differences between the parties concerning certain activities within the Malachi Gap»). Ánimo y suerte a los equipos en la preparación de la competición.

Maestría en Derechos Humanos en la UBA

¡Qué buen recuerdo! Son los alumnos del curso sobre el sistema europeo de protección de derechos humanos en la Maestría de Derechos Humanos de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires. Gracias a Mónica Pinto, Lucas Barreiros y Marcelo Alegre por la invitación y la hospitalidad. La UBA siempre interesante, muy viva.

Ya está publicada la convocatoria de la II Edición del Concurso CPI: Simulación Judicial ante la Corte Penal Internacional para 2014, que organiza el Instituto Ibero-Americano de la Haya, con el apoyo institucional de la Corte Penal Internacional, la Universidad de la Haya para las Ciencias Aplicadas, el Grotious Center para Estudios Internacionales de la Universidad de Leiden, la Secretaria General Ibero-Americana y la Coalición por la Corte Penal Internacional.

La fecha límite para inscribirse es el 1 de abril de 2014. La entrega de memoriales es el 10 de abril de 2014 y las audiencias orales serán del 2 al 6 de junio de 2014 en La Haya. La información completa con las reglas de participación y el caso para el próximo año (Fiscal de la CPI v. Juan Camilo Vargas Jaén) se encuentra en el sitio web del Instituto Ibero-Americano de la Haya: www.iberoamericaninstituteofthehague.org.

IBEI (Institut Barcelona d’Estudis Internacionals) and ESADEgeo (ESADE Business School’s Center for Global Economy and Geopolitics) are organizing the second edition of the Barcelona Workshop on Global Governance, an international workshop to discuss the institutional design of global governance, on 9 & 10 January 2014. The workshop will focus on networks in global governance. The aim is to examine the potential and limitations of network approaches, as well as the challenges that networked governance at the global level can pose in terms of effectiveness, accountability and democracy. Confirmed keynote speakers include Deborah Avant (University of Denver), Miles E. Kahler (University of California San Diego) and Magnus Thor Torfasson (Harvard Business School) as well as Narcís Serra (former Spanish Minister of Defense and Deputy Prime Minister) and Javier Solana (former NATO Secretary General and EU High Representative for Common Foreign and Security Policy). Abstracts of up to 500 words should be sent to info@bcnwgg.net by 27 September 2013. Further information is available at http://bcnwgg.net/call-for-papers/.

El sábado 14 de septiembre a las 5 de la tarde se presenta el libro Cuentas pendientes. Los cómplices económicos de la dictadura, editado por Horacio Verbitsky y Juan Pablo Bohoslavsky en la editorial Siglo XXI. Aquí está la invitación a la presentación, que tendrá lugar en la Biblioteca Nacional en Buenos Aires. Y aquí se puede leer el índice y la introducción del libro.

Se ofrece por segunda vez el curso de 8 semanas del Profesor Scharf de Introducción al Derecho Internacional Penal en la plataforma Coursera. Empieza el 1 de septiembre de 2013.

Es esencial dejar que los equipos de la ONU hagan su trabajo antes de tomar cualquier decisión sobre la situación en Siria. El informe de los enviados de la ONU nos podrá decir con certeza si se han utilizado armas químicas y si se ha hecho de manera indiscriminada. No nos dirá, sin embargo, quiénes fueron los autores del ataque con armas químicas. De hecho, hasta las autoridades de EE.UU. han aceptado que no tienen seguridad sobre la autoría del ataque. Ante este oscuro escenario, habría que hacer al menos dos distinciones importantes. Primero, rechazar la idea de que matar con armas químicas provoca muertes iguales a las demás muertes en un conflicto, como ha sugerido Kevin Heller o Stephen Walt. Al contrario, sí es relevante que las muertes se produzcan con la extrema crueldad que producen las armas químicas, largamente prohibidas en el derecho internacional humanitario al menos desde la Convención de Bruselas sobre el derecho y los usos de la guerra de 1874. Un problema distinto es qué consecuencias tiene de acuerdo con el derecho internacional el uso de armas químicas. Es evidente que si se prueba el uso de dichas armas y se atribuye su utilización a un Estado habrá responsabilidad internacional de ese Estado por hechos ilícitos. Pero una cuestión distinta, y esta es la segunda distinción importante, es si el Derecho internacional permite una acción de castigo como la que se está discutiendo en estos días. La respuesta es que ese tipo de sanción debe tener una autorización del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas adoptada sobre la base del capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas, que se ocupa de las amenazas a la paz, quebrantamientos de la paz y agresiones. Aún en los casos de uso de la fuerza amparados por la retórica de la responsabilidad de proteger ha habido una autorización del Consejo de Seguridad. Es verdad, sin embargo, y a eso apuntan las opiniones de Heller y Walt, que no ha existido ninguna reacción internacional institucional o unilateral frente a las vergonzosas matanzas en Siria y el drama de los refugiados que ha generado el conflicto, por eso resulta pertinente la pregunta por la justificación en este preciso momento por el uso de armas químicas. En todo caso, a pesar de la gravedad y crueldad que genera la utilización de armas químicas, resulta difícil pensar en una justificación unilateral basada en el derecho internacional. Memorias de la intervención en Serbia por el caso de Kosovo vienen a la mente, pero la justificación ex post de la comunidad internacional y el Consejo de Seguridad en el caso de Kosovo difícilmente se produzca en el contexto sirio. Será interesante observar cómo evoluciona la discusión en el Consejo de Seguridad del borrador de resolución sobre la condena de la utilización de armas químicas en Siria y comprobar si finalmente el Reino Unido y Estados Unidos fuerzan un veto de Rusia y China a una autorización para utilizar ‘todos los medios necesarios’ para reaccionar en el conflicto sirio y proteger a los civiles de ataques con armas químicas. Mientras tanto, parece que los ánimos belicistas se están moderando.

No hay dos sin tres. El tercer concurso de hoy es la convocatoria 2013 del SIEL/CUP Prize for an Essay in International Economic Law. El premio fue creado por la Society of International Economic Law y Cambridge University Press y se otorga al mejor ensayo sobre cualquier tema de derecho internacional económico. Hay una recompensa monetaria,  cupones para libros de CUP y una subscripción de un año para la World Trade Review, que puede incluir la publicación del artículo. Además, la ganadora o el ganador del premio será invitado a presentar su trabajo en la conferencia de la SIEL en Berna en 2014.

El plazo para presentarse vence el 30 de septiembre y los requisitos están detallados aquí.