Eunomía
mayo 4, 2012
No, no es un comentario del libro de Philip Allot. Es una información sobre una revista casi nueva llamada Eunomía. Es una revista generalista, que también contiene artículos de derecho internacional (como «La erradicación de la tortura como objetivo jurídico: luces y sombras de la contribución del Derecho Internacional» de Fernando Mariño Menéndez) y parece ser un buen espacio para un diálogo jurídico plural e interesante. Copio una breve descripción y un llamado a presentar contribuciones.
Eunomía. Revista en Cultura de la Legalidad es una publicación académica, de carácter interdisciplinar, proyección internacional y difusión electrónica. Promueve una línea temática sustantiva que resulta transversal a diferentes disciplinas de las ciencias sociales y humanidades, entre las que destacan las jurídicas, politológicas, sociológicas y filosóficas. Sus temas versan sobre la legitimidad del Derecho y la obediencia al mismo, atendiendo con especial interés el desarrollo del estado de Derecho y la profundización en la democracia.
Se solicitan aportaciones originales y rigurosas sobre los temas en los que se centra la revista. Las aportaciones serán sometidas a un proceso de evaluación por pares anónimos. Los evaluadores son especialistas ajenos a la organización editorial de Eunomía. El Consejo de Redacción se compromete a que dicho proceso esté concluido antes de los seis meses siguientes a su recepción en la Secretaría del Consejo de Redacción.
El 1 de julio de 2012 finaliza el plazo de presentación de originales que opten a ser publicados en el nº 3 (septiembre 2012 – febrero de 2013).
Las aportaciones que superen el mencionado proceso se publicarán, según corresponda, en la sección de “Estudios”, “Foro y ágora” o “Releyendo a…” de la revista.
Los originales pueden ser presentados en español, inglés, francés, italiano, alemán y portugués, y deberán enviarse a: eunomia@tirant.com. Los criterios para la presentación de originales están disponibles en la página web de Eunomía: http://eunomia.tirant.com
There are two vacant and remunerated positions for PhD students at Reykjavík University‘s School of Law (RU). The PhD students will carry out their research at the School of Law for 3-5 years (depending on employment percentage).
Further information on the structure and organisation of the studies can be found on the School of Law’s website: http://en.ru.is/departments/school-of-law/phd-studies/
PhD students at RU have access to doctoral courses in other Nordic countries, including access to the doctoral courses programme at the Faculty of Law at the University of Oslo. The vacant positions are within the following fields: Tort law, social security law, insurance law, maritime law, administrative law, constitutional law, legal history, international human rights law and European law. On the basis of a collaboration agreement with the University of Oslo, RU’s School of Law can also offer facilities for PhD studies in other fields.
Application deadline is June 10th 2012.
For further information please contact Professor Ragnhildur Helgadóttir, the chairman of the School of Law’s Research Council, at ragnhildurh@ru.is or telephone +354 599 6282.
Reykjavík University School of Law
Over 100 students annually complete undergraduate and graduate studies at the Reykjavík University School of Law. The School also offers a Ph.D. programme in law. The mission of the Reykjavík University School of Law is to offer students challenging studies in a creative environment. The School emphasises quality of studies, research, service and strong co-operation with the active business community .
Se realizó la semana pasada en la ciudad de San Juan, Argentina, el seminario “Protección de los derechos sociales” organizado por el Instituto de Derecho Constitucional, Procesal Constitucional y Derechos Humanos y coordinado por los profesores Victor Bazan (Arg.) Marcelo Figuiredo (Bra) y George Katrougalos (Gre).
El eje del seminario giró en torno a cuatro paneles en los cuales se desarrollaron concepto, desarrollo histórico y avances jurisprudenciales en materia de Derechos Económicos Sociales y Culturales (DESC) en Latinoamérica. Se partió de la premisa que los DESC son Derechos Humanos sujetos a los principios de universalidad e indivisibilidad y a los principios propios de progresividad y no regresividad y como tales deben interpretarse de manera integral como parte del principio de unidad toda vez que integran el Corpus Iuris básico de Derechos Humanos y se buscó desterrar las ideas de que los DESC son derechos de segunda generación, que necesariamente necesitan de un desarrollo legislativo o que son colectivos en contraposición a los derechos civiles y políticos que son individuales.
En el primer panel “La protección de los derechos sociales en América Latina desde una perspectiva global: constitucionalización, justiciabilidad y otros mecanismos de protección” se destacaron los recientes avances hechos por Cortes latinoamericanas en donde reconocen la obligatoriedad de los DESC e imponen al Estado la obligación de efectivizar los mismos ante el incumplimiento en materia de derecho a la salud, derecho al trabajo y derecho a la educación entre otros.
Resultaron sumamente interesantes los paneles de “Similitudes y diferencias entre el activismo judicial de los tribunales en países de América Latina” en el cual se discutió a partir de experiencias de cada país la importancia y necesidad de un “activismo judicial” en favor de los DESC, temática no exenta de problemas sobre todo al momento de precisar los límites de dicho activismo, es decir hasta qué punto las sentencias judiciales pueden imponer obligaciones al Estado, decantándose los presentes por un juez activo pero siempre prudente. A su vez en el panel “Diálogo entre el derecho internacional público y el derecho comparado con los tribunales nacionales en América Latina” se expuso la importancia del diálogo entre las Cortes y entre éstas y la Corte Interamericana pensando ésta última relación en términos de coordinación más que en términos de jerarquía en pos de la protección de los Derechos Humanos y en definitiva de la persona humana. También se destacó el importante papel de la “fertilización cruzada”, metáfora que representa el intercambio de argumentación entre los distintos Tribunales Supremos de la región que permite avanzar hacia una construcción jurisprudencial cada vez más sólida en la efectivización de los DESC.
En el cuarto panel “Cuestiones de procedimiento relativas a los procesos constitucionales” se abordó entre otras cuestiones la importancia del principio de control de convencionalidad que deben llevar adelante los jueces, incluso los jueces locales (ver evolución en los casos de la Corte IDH “Almonacid Arellano y otros vs Chile”, 26 de septiembre de 2006, “Trabajadores Cesados del Congreso (Aguado Alfaro y otros) vs. Perú”, Sentencia de 24 de noviembre de 2006 y «Gelman v. Uruguay«, sentencia sobre el fondo y reparaciones, 24 de febrero de 2011 entre otros) aunque se destacó la dificultad de seguir lo dispuesto por la Corte IDH en el Caso Gelman al indicar que este control de convencionalidad no sólo le corresponde a los jueces sino a toda autoridad pública.
En general se percibió la idea de estar en un momento de crecimiento en la efectivización de los DESC y se habló de cambio de paradigma impulsado por la Corte IDH y llevado adelante por varias Cortes Latinoamericanas. Si bien todos los ponentes fueron conscientes de que la realidad no está exenta de problemas (problemas de financiamiento, limitaciones a la actividad judicial – basadas en la división de poderes- o intentos de retroceso – ver proyecto de reforma Constitución de Colombia aprobado que permite pedirles a las altas corporaciones judiciales que modulen, modifiquen o difieran los efectos económicos de sus sentencias para evitar alteraciones serias de la «sostenibilidad fiscal») se rescató la importancia de los avances realizados.
En definitiva resultó motivante ver profesores de derecho constitucional y profesores de derecho internacional (entre los cuales habían magistrados) en una misma posición abogando por la necesidad de que los jueces locales apliquen la normativa internacional y destacando que esta concepción tiene que estar presente en todas las etapas de enseñanza del derecho.
Aquí pueden leer un buen artículo de opinión de César García, Profesor en la Universidad Pública del Estado de Washington, sobre ciertas deficiencias de la universidad española. La inexistencia de un mercado competitivo es bien conocida, pero lo es menos «el escaso interés que tiene como experiencia vital».
Mientras, por ejemplo, en Estados Unidos, ir a la universidad supone un rito de paso, ya que suele implicar abandonar el hogar paterno y enfrentarse a los desafíos de la vida cotidiana (convivencia con otras personas, sexo, alcohol, trabajo, etcétera) en solitario, en España ir a la universidad apenas supone para una mayoría de estudiantes trasladarse a otro barrio y bajarse en otra parada de autobús o estación de Metro. El resto de las constantes vitales, como seguir viviendo en casa de los padres o salir con los mismos amigos, permanecen inalterables. El riesgo en términos monetarios o coste de oportunidad también es mínimo, ya que los alumnos españoles sólo vienen a pagar el 15% de la matrícula (desde ahora el 30%). Un hieratismo que se traslada a una enseñanza que empieza y termina en el aula y fundamentalmente basada en atender a las explicaciones del profesor, realizar exámenes y quizá escribir algún trabajo.
Esto no es nuevo para muchos de los que enseñamos en la universidad española. Algunos tratamos de crear espacios universitarios donde se produzca esa experiencia vital que haga que los estudiantes no pasen simplemente por la universidad sino que la universidad pase por ellos -participar en una revista o en una competición nacional o internacional, asistir a un seminario voluntario sobre una materia o tema que les interese especialmente, etcétera. Pero estas experiencias, cuando triunfan, llegan a uno pocos y tienen un coste importante en tiempo y esfuerzo. Por eso entiendo bien cuando los jóvenes que terminan sus estudios de bachillerato, y tienen oportunidades de hacerlo, deciden irse a estudiar a otros países europeos. Incluso conozco a un estudiante que habiendo terminado el primer año de universidad en Madrid con éxito ha decidido empezar de nuevo en una universidad inglesa. Pregunté si fallaban sus profesores y la respuesta fue negativa: tenía buenos profesores en ciencias, pero no había una verdadera vida universitaria y él quería tener esa experiencia. Quizá ese tipo de experiencia vital solo pueda darse en la universidad española en el posgrado, pero tampoco en esta etapa hay una gran movilidad de estudiantes, salvo lógicamente para los alumnos que vienen del extranjero.
Se necesitan cambios profundos en el sistema universitario y por eso Pablo Salvador y Jordi Gracia están cargados de razón cuando critican la falta de imaginación que supone la subida de tasas universitarias y proponen pensar en medidas más valientes.
Carmen Pérez González (Universidad Carlos III de Madrid) ha tenido la gentileza de enviarme una copia de su flamante libro sobre Migraciones irregulares y Derecho internacional (2012). Lo abre con una cita del gran Robert Louis Stevenson, quien en «El emigrante por gusto» y tras su experiencia de viaje a través de Estados Unidos afirmó que «nada hay tan agradable de imaginar y tan patético de contemplar» como la emigración. Según su descripción, el libro «aborda el modo en que el Derecho internacional y el Derecho de la Unión Europea se enfrentan hoy al fenómeno migratorio y, en particular, a la inmigración ilegal, analizando los límites que se imponen a los Estados a la hora de decidir sobre la devolución de aquellos extranjeros que se encuentran en situación administrativa irregular». Un tema importante y una reflexión necesaria sobre el «Derecho internacional de las migraciones». ¡Enhorabuena!
Hoy está prevista la elección de un nuevo juez de la Corte Internacional de Justicia para reemplazar al juez Awn Shawkat Al-Khasawneh (Jordania), que presentó su renuncia a finales de diciembre de 2011. Según fue adelantado por una nota del Secretario General, los candidatos que se someterán al voto de los miembros de la Asamblea General y el Consejo de Seguridad son Florentino P. Feliciano (1928-Filipinas) y Dalveer Bhandari (1947-India).
La expropiación de YPF y las relaciones hispano-argentinas: análisis del Real Instituto Elcano
abril 25, 2012
El último ALERTA ELCANO reúne una serie de trabajos con diversas perspectivas de análisis sobre la expropiación de YPF. A continuación transcribo una lista de los trabajos y sus vínculos.
| La expropiación de YPF culmina el fracaso de la política energética argentina (ARI) Gonzalo Escribano El intento de la presidenta Fernández de ocultar el fracaso de su política energética expropiando YPF supone, precisamente, la culminación de ese fracaso: la renuncia definitiva a gestionar el sector energético argentino con principios de legalidad y racionalidad económica en vez de con criterios de oportunismo político. |
| La expropiación de YPF: análisis desde el Derecho Internacional (ARI) Carlos Jiménez Piernas La expropiación de YPF por el gobierno argentino merece un análisis entre otras perspectivas desde el Derecho Internacional, asiduamente citado en los últimos días en todos los medios de comunicación con desigual fortuna. |
| YPF y la política argentina (ARI) Carlos Malamud La expropiación de YPF responde a una serie de motivaciones diversas. Este ARI se centra en las cuestiones políticas. |
| Sangre más densa que petróleo: la nacionalización de Repsol-YPF en las opiniones públicas de España y Argentina (ARI) Javier Noya ¿Qué impacto ha tenido la nacionalización de Repsol-YPF en las opiniones públicas española y argentina? |
| YPF, coyuntura económica argentina y relaciones económicas España-Argentina (ARI) Federico Steinberg La coyuntura económica argentina es uno de los factores explicativos de la expropiación de YPF y las relaciones económicas bilaterales se volverán más tensas. |
Barómetro del Real Instituto Elcano (BRIE)
| 29ª Oleada del BRIE. Opinión pública española ante la expropiación de YPF |

Se acaba de publicar el primer número de la nueva revista Transnational Environmental Law y está disponible al completogratuitamente con buenos artículos y excelentes firmas. Muy recomendable.
Comienza la adhesión a los Principios de UNCTAD sobre Préstamos Soberanos Responsables
abril 24, 2012
Por Juan Pablo Bohoslavsky
En el contexto general de la controvertida negociación del nuevo mandato que los Estados le conceden a la UNCTAD cada cuatro años, que esta vez se realiza en Doha, se presentó la versión consolidada de los Principios sobre Préstamos Soberanos Responsables. Alemania, Brasil, Italia, Marruecos, Nepal y Noruega explicitaron su apoyo a los Principios, de acuerdo al comunicado de prensa que se puede leer aquí.
Este proceso de explicitación de apoyo gubernamental complejiza aún más la interesante discusión en torno a la naturaleza de los Principios, cuestión abordada por dos trabajos académicos recientemente publicados por UNCTAD (aquí y aquí), que fueron presentados y discutidos en la conferencia Unctad-UAM del pasado 2 de marzo.






