The 5th Conference of the Journal of Private International Law will take place in Madrid on 12-13 September 2013. The Law Faculties of Universidad Autónoma de Madrid and Universidad Complutense share the organization.
Please note that registration is open until 28th July. The full programme (plenary sessions and panels) is available here. I will not be in Madrid on those days of September, but the plenary session on Global Litigation looks really interesting to us public international lawyers; it includes a paper on private international law in the International Court of Justice and, again, one on the tobacco plain packaging cases. Here is the complete list of papers for that session:
- ‘The benefits of regional and global litigation instruments for foreign trade and investment’ by M. Pertegás and L.E. Teitz.
- ‘Transnational litigation and PIL’ by D.E. Childress.
- ‘A conflict of laws approach to competing rationalities in international law. The Case of Plain Packaging between IP, Trade, Investment and Health’ by H. Grosse Ruse-Kahn.
- ‘Private International Law before the International Court of Justice’ by B. Ubertazzi.
- ‘Countries, States, and Legal Systems: An International Private Law Perspective’ by G. Maher and B. Rodger.
- ‘Corruption in International Commercial Arbitration—Special Conflict of Laws Challenges’ by Z.S. Tang.
Reflets del Tribunal de Justicia de la Unión Europea
abril 11, 2013
El último número de los Reflets del TJUE está dedicado monográficamente a la Carta de los Derechos Fundamentales. Es un documento realmente muy útil e interesante. Los Reflets son Informaciones rápidas sobre los desarrollos jurídicos que presentan un interés para la Union Europea; se elaboran en francés, aunque tienen citas en inglés y hay algunos números traducidos al inglés por la ACA-Europe. Lo dicho, una información bien presentada y muy útil.
Ayer estuve en el panel de la conferencia annual de la American Society of International Law que moderó Ariel Dulitzky (Universidad de Texas) sobre la crisis del sistema internamericano de derechos humanos. No hubo acuerdo sobre si hoy, después de la resolución de 22 de marzo de 2013, había crisis o no. Dos de los cuatro panelistas, los embajadores Joel Hernández de México y Breno de Souza Díaz de Costa de Brazil en EE.UU., sostuvieron que la resolución de la Asamblea extraordinaria de la OEA de 22 de marzo significaba una superación de la crisis, que el resultado era positivo y se había “recuperado la confianza”. La profesora Mónica Pinto (Universidad de Buenos Aires) y, sobre todo, el Sr. José Miguel Vivanco (Human Rights Watch) se inclinaron por explicar las razones por las que la crisis seguía existiendo o incluso se había potenciado con la falta de cierre de la resolución.
Los temas más controvertidos que se plantearon estuvieron ligados al significado de las palabras “continuación del diálogo” en la citada resolución, la controversia sobre la financiación de la Comisión y la propuesta de cambiar la sede de la Comisión a San José de Costa Rica. El trasfondo de la discusión revela una lucha de poder entre concepciones distintas sobre la práctica y la función de la Comisión. Nadie duda de que, como dijo la profesora Pinto, hay un nuevo equilibrio de poderes en la región, con organizaciones nuevas como el ALBA y Unasur, cuyos países se muestran descontentos con ciertas prácticas de la Comisión y también con el hecho de que muchos países con poder de votos se ubican fuera, al margen del sistema de control de derechos humanos, como Estados Unidos, Canadá y otros tantos países caribeños, que sin embargo consiguen sumar hasta 14 votos de los 34 posibles, sin contar a Haití. Es por esto que los países del ALBA van a seguir presionando para lograr mayores cambios, incluida su propuesta de cambiar la sede de la Comisión.
José Miguel Vivanco fue el más crítico con los países ALBA, que para él estos países usan la idea de soberanía en contradicción con los derechos humanos, para poner freno a los derechos humanos, impidiendo el ejercicio de la protección que la Comisión debe llevar a cabo. Para Vivanco, el problema de la financiación quedó pendiente (recordó que Europa paga el 30 por ciento del presupuesto de la Comisión), pero el compromiso de la continuación del diálogo, que fue prospuesto por el Canciller argentino para salvar la resolución, deja abierto todo.
Hubo una cierta coincidencia en que la universalidad era uno de los grandes desafíos para el sistema, es decir, la participación efectiva de todos los Estados en el sistema de derechos humanos. Un puente lejano, por lo que respecta a países como Estados Unidos, en el que ni siquiera se discute como un problema la falta de ratificación de la Convención Interamericana de Derechos Humanos.
Yo pregunté por el papel de la Corte Interamericana en esta crisis, sobre todo teniendo en cuenta el rol activo que tuvo la Corte en la crisis del Perú. Dulitzky fue claro: el presidente de la CIDH tuvo un papel muy criticable cuando declaró que todo esto era un problema de la Comisión, no de la Corte. Destacó además que la Comisión era la primera defensora de la Corte.
El diálogo continuará…
Advisory Opinions and Jurisdiction of the International Tribunal for the Law of the Sea
marzo 26, 2013
En octubre de 2010 presenté esta ponencia en una excelente conferencia que organizaron Harry Scheiber y Jin-Huyn Paik y el Institute for the Law of Sea en la sede del Tribunal Internacional para el Derecho del Mar. Pronto saldrá publicada, con los pocos cambios que hice a principios de 2011, en Harry N. Scheiber and Jin-Hyun Paik (eds.), Regions, Institutions and Law of the Sea (2013). Aquí les dejo el vínculo de SSRN donde pueden descargar el texto de marzo de 2011, al menos hasta que el libro esté en las librerías. Este es el abstract:
Following an introduction to the advisory jurisdiction of the Tribunal, this chapter discusses crucial aspects of the advisory function of the Seabed Disputes Chamber. It will of course consider the jurisdiction to give an advisory opinion and the issues of admissibility related to the opinion delivered by the Seabed Disputes Chamber on the Responsibilities and obligations of States sponsoring persons and entities with respect to activities in the International Seabed Area. The discussion, however, will not touch upon the substantive legal questions asked to the Chamber in this occasion, but deal only with procedural issues. Moreover, it will attempt to go beyond this specific case to present a general analysis of the key issues of jurisdiction and admissibility, together with some questions of procedure, that should be taken into account in order to arrive to an authoritative advisory opinion of the Seabed Disputes Chamber and, eventually, of the International Tribunal for the Law of the Sea.
Jessup 2013: el equipo de la UAM gana la ronda nacional española
febrero 15, 2013
Felicidades al equipo de la UAM, que ha ganado hoy la final de la ronda española de la competición Philip Jessup de Derecho internacional, que ha tenido lugar en Barcelona en la sede del despacho de abogados Cuatrecasas, Gonçalves Pereira. El equipo está integrado por los estudiantes José Luis Ituarte, Patricia Ibañez, Esperanza López y Jokin Beltran de Lubiano. Estoy muy orgulloso de estos alumnos. Felicidades también a mi colega el joven profesor Nicolás Carrillo Santarelli, que hace un trabajo excelente con los alumnos. Ahora toca seguir trabajando para llegar muy bien preparados a la ronda internacional de la competición en Washington DC.
Es un placer también extender nuestro reconocimiento todos los equipos que participaron y agradecer al despacho de abogados Cuatrecasas, Gonçalves Pereira, un magnífico patrocinador de la competición Jessup en España.
Retos de la Jurisdicción Internacional (2)
febrero 15, 2013
Publico un nuevo post sobre el libro Retos de la Jurisdicción Internacional, para añadir la introducción que me han hecho llegar las coordinadoras del libro y que pueden leer aquí. Muchas gracias.
Javier Chinchón Alvárez: «El tratamiento judicial de los crímenes de la Guerra Civil y el franquismo en España»
enero 25, 2013
Javier Chinchón Alvárez (UCM) nos manda su libro sobre «El tratamiento judicial de crímenes de la Guerra Civil y el franquismo en España». El libro completo se puede descargar gratuitamente desde esta dirección. Copio el resumen de contratapa:
Sin renunciar a algunos apuntes sobre cuestiones más amplias, este libro pretende ofrecer una visión de conjunto acerca del tratamiento judicial de los crímenes del pasado en España; de los crímenes cometidos antes de su último proceso de transición a la democracia; de los crímenes perpetrados durante la Guerra Civil y el franquismo; y especialmente, de los hechos de desaparición forzada de personas. En el mismo se reúne, ordena, expone y valora la actividad judicial desplegada ante y por los tribunales territoriales, la Audiencia Nacional, el Tribunal Constitucional y (finalmente) el Tribunal Supremo, así como el Tribunal Europeo de Derechos Humanos e incluso la Corte Penal Internacional; sin olvidar los tribunales de terceros Estados, como Argentina. Todo ello, sirviéndose del Derecho internacional público, en general, y el Derecho internacional de los derechos humanos y el Derecho internacional penal, en particular, como referencias de análisis fundamentales.
Argo y el derecho internacional
enero 21, 2013
Finalmente fui a ver Argo, la película dirigida por Ben Affleck. Me pareció una buena película. Argo está basada en una historia desclasificada en 1997 sobre el rescate de seis ciudadanos estadounidenses durante la crisis de los rehenes en Teherán. Todos los que hemos estudiado derecho internacional después de la crisis de la toma de los rehenes conectamos directamente la toma de la embajada de EE.UU. por un grupo de «estudiantes» con el problema de la atribución de la responsabilidad por hechos internacionalmente ilícitos al Estado en casos de falta de diligencia debida, cuando el Estado no previene o no reprime como debe los comportamientos ilícitos de los particulares. Esa fue la forma en que calificó el hecho la Corte Internacional de Justicia en el caso del personal diplomático y consular de Estados Unidos en Teherán (1980). Eso se ve muy bien en el comienzo de la película, que está muy bien hecho, cuando los diplomáticos piden ayuda al gobierno iraní y obtienen silencio por respuesta. Buen ejemplo para empezar una discusión sobre problemas de atribución de hechos ilícitos internacionales al Estado como consecuencia del comportamiento de los particulares.
Se ha criticado la película por no continuar mostrando la complejidad histórica del caso más allá de las primeras escenas. Es cierto que se advierte al espectador que se trata de una obra basada en hechos reales. Sin embargo, no es un documental, es una obra de ficción, por tanto, es una crítica inapropiada. De hecho, varias cosas que pasan en la película no responden a la realidad, como ocurre con las escenas en el aeropuerto de Teherán u otras tantas que el director ha inventado para crear ese suspenso tan atractivo en el film. Aquí pueden leer el artículo de Joshuah Bearman que cuenta la historia en 2007 en la revista Wired. En el plano cinematográfico, la crítica que comparto es que los últimos minutos de la cinta, después del desenlace, le hacen perder vigor a la historia.
Entrevista a Bruno Simma
enero 20, 2013

Ya está disponible en la red la entrevista de la profesora Christina Voigt (Universidad de Oslo, Noruega) al antiguo Juez de la Corte Internacional de Justicia Bruno Simma. La entrevista se encuadra dentro de las conferencias de la ESIL (ESIL Lectures series), que comenzaron el año pasado con Daniel Goldhagen, David Kennedy y Armin von Bogdandy. La entrevista es excelente y sirve como un recorrido por los grandes temas recientes de la jurisprudencia de la Corte Internacional de Justicia. Es un poco larga, pero muy recomendable. La próxima conferencia ESIL es el miércoles próximo en La Sorbonna, París, y estará a cargo de la profesora Ann Orford (Universidad de Melbourne), que hablará sobre ‘Histories of International Law and Empire’.
Applications for Senior Legal Officer/First Secretary of the Court (P-5) are open until 9 February 2013. Here is the information.










